Mostrando entradas con la etiqueta Doctrina Social de la Iglesia. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta Doctrina Social de la Iglesia. Mostrar todas las entradas

viernes, 23 de noviembre de 2012

La libertad explicada por Pío XII.




Quien, como Pío XII, tantas veces denunció y condenó el es­tatismo y la mecanización de la vida contemporánea, no podía ser sino un ardiente defensor de la libertad personal. En efecto, proclamó que ésta, rectamente entendida, constituye una de los fundamentos de la reconstrucción social; no es posible edificar tal reconstrucción prescindiendo de ella.

[Los católicos y todos aquellos que reconocen y adoran a un Dios personal y observan su Decálogo] sean conscientes de cuanto ellos, y solamente ellos, pueden contribuir real y eficaz­mente a la obra de reconstrucción, persuadidos al mismo tiempo de que esta obra no podrá llegar nunca a feliz término si no se funda sobre el derecho, sobre el orden y sobre la libertad. Sobre la libertad, queremos decir, de tender a lo que es verdadero y bueno, sobre una libertad que esté en armonía con el bienestar de cada pueblo en particular y de toda la gran familia de los pue­blos. De esta libertad la Iglesia ha sido siempre sostenedora, tutora y vindicadora.

(Alocución al Sacro Colegio de Cardenales, lº junio 1946.)

Lo dicho al final de este párrafo acerca de la preocupación de la Iglesia Católica por la libertad del hombre se explica perfec­tamente si se tiene en cuenta la íntima vinculación que existe entre esta libertad y la de la misma Iglesia.

Cuando ella [la Iglesia] combate por conquistar o defender su propia libertad, es también por la verdadera libertad, por los de­rechos primordiales del hombre que lo hace.

(Alocución a los miembros del Congreso Internacional de  Estudios Humanistas, 25 setiembre 1949.)

Tero el término “libertad” se presta a interpretaciones equívo­cas. El Padre Santo se preocupó por precisarlo y por distinguir­lo de la licencia.

La verdadera libertad, la que merece verdaderamente este nombre y hace la felicidad de los pueblos, no tiene nada de co­mún con la licencia desenfrenada, el desborde de la desvergüen­za; la verdadera libertad es, al contrario, la que garantiza la actuación y la práctica de lo verdadero y de lo justo en el domi­nio de los mandamientos divinos y en el cuadro del bien públi­co. Por lo tanto, tiene necesidad de justos límites.

(Radiomensaje  al pueblo suizo, 20 setiembre 1946.)

Los hombres, tanto los individuos como la sociedad humana, y su bien común están siempre ligados al orden absoluto de los valores establecido por Dios. Ahora bien, para realizar y hacer eficaz esta vinculación de una manera digna de la naturaleza humana, ha sido dada al hombre la libertad personal, y la tutela de esta libertad es el fin de todo ordenamiento jurídico mere­cedor de tal nombre. Pero de ahí también se sigue que no puede haber la libertad y el derecho de violar aquel orden absoluto de valores. Se vendría a lesionarlo y a afectar la defensa de la moralidad pública, que es sin duda un elemento primordial para el mantenimiento del bien común por parte del Estado si, para citar un ejemplo, se concediera, sin miramiento a aquel or­den supremo, una libertad incondicionada a la prensa y al “film”.

(Alocución al patriciado y a la nobleza romana, 8 enero 1947.)

La genuina libertad es un conjunto de derechos y deberes.

La libertad, base de las relaciones humanas normales, no pue­de ser entendida como desenfrenada licencia, se trate de individuos, o de partidos, o de todo un pueblo —la colectividad, co­mo se dice hoy—, o aun de un Estado totalitario que, con abso­luta indiferencia, usa cualquier medio para alcanzar sus fines. No, la libertad es algo muy diferente. Es un templo de orden moral erigido sobre líneas armoniosas; es el conjunto de derechos y deberes entre los individuos y las familias, y algunos de estos de­rechos son imprescriptibles aun cuando un bien común aparente pueda oponerse; derechos y deberes entre una nación o Estado y la familia de naciones y Estados. Estos derechos y deberes están cuidadosamente medidos y equilibrados por las exigencias de la dignidad de la persona humana y de la familia, de una parte, y del bien común, por la otra.

(Alocución al Embajador de Gran Bretaña, 23 junio 1951.)

En la lid con la nueva forma de vida del Este materialista, Occidente afirma que toma cartas en pro de la dignidad y de los derechos del hombre y en particular por la libertad del individuo. Pero no puede dejar de ver que la dignidad y los derechos del hombre —especialmente su libertad personal— se vuelven con­tra él, se neutralizan a sí mismos si no son tomados junto con las obligaciones y los deberes a los cuales el orden de la naturaleza, tanto como el de la gracia, los ha unido indisolublemente y los ha impuesto al hombre en los mandamientos de la ley de Dios y la ley de Cristo.

(Carta al Obispo de Augsburgo con motivo del milenario de la batalla de Lechfeld, 27 julio 1955.)

La libertad sólo puede ser bien entendida si se la considera en un plano trascendente, con criterio sobrenatural

No olvidéis que la libertad terrenal no es un bien sino cuando se expande en una libertad más elevada, si sois libres en Dios, libres frente a vosotros mismos, si conserváis vuestra alma libre y abierta para recibir los raudales del amor y de la gracia de Jesucristo, de la vida eterna que es El mismo.

(Alocución con motivo de la canonización de Nicolás de Flüe, 16 ma­yo 1947.)

El concepto elevado y amplio sostenido por la Iglesia choca con la alarmante tendencia hodierna a la disminución progresi­va de la libertad y de la responsabilidad personal; tal tendencia existe incluso en las naciones que se llaman “libres”. Esto se vincula con los tremendos problemas de la colectivización y de la mecanización de la vida moderna, que el Vicario de Cristo denunció tantas veces.

Es un hecho doloroso que hoy ya no se estima o no se posee la verdadera libertad. [... ] Los que, por ejemplo, en el campo económico o social pretenden hacer a la sociedad responsable de todo, aun de la dirección y de la seguridad de su existen­cia; o los que esperan hoy su único alimento espiritual diario cada vez menos de sí mismos —es decir, de sus propias conviccio­nes y conocimientos— y cada vez más de la prensa, la radio, el cine, la televisión, que se lo ofrecen ya preparado, ¿cómo po­drán estimarla y desearla, si no tiene ella lugar alguno en su vida? No son más que simples ruedas en los diversos organismos sociales; ya no son hombres libres, capaces de asumir y de acep­tar una parte de responsabilidad en las cosas públicas [...]
Esta es la situación dolorosa con que tropieza también la Igle­sia en sus esfuerzos por la paz, en sus llamadas a la conciencia de la verdadera libertad humana, elemento indispensable, según la concepción cristiana, del orden social, considerado como orga­nización de paz. En vano multiplicará ella sus llamamientos a hombres privados de esa conciencia, y aún más inútilmente los enderezará hacia una sociedad que ha quedado reducida a puro automatismo.
Tal es la demasiado difundida debilidad de un mundo que gusta llamarse con énfasis “el mundo libre”. O se engaña o no se conoce a sí mismo: no se asienta su fuerza en la verdadera libertad. [... ] De ahí proviene también, en no pocos hombres autorizados del llamado “mundo libre”, una aversión contra la Iglesia, contra esta importuna amonestadora de algo que no se tiene pero que se pretende tener y que, por una rara inversión de ideas, se le niega con injusticia precisamente a ella: hablamos de la estima y del respeto de la genuina libertad.
Mas la invitación de la Iglesia todavía encuentra menor re­sonancia en el campo opuesto. Aquí, en verdad, se pretende estar en posesión de la verdadera libertad, porque la vida social no fluctúa sobre la inconsciente quimera del individuo autóno­mo, ni hace al orden público lo más indiferente posible a va­lores presentados como absolutos; antes bien, todo está estrecha­mente ligado y dirigido a la existencia o al progreso de una determinada colectividad.
Pero el resultado del sistema de que hablamos no ha sido feliz, ni ha hecho más fácil la acción de la Iglesia: porque aquí está menos tutelado aún el verdadero concepto de la libertad y de la responsabilidad personal. Y ¿cómo podría ser de otro modo, si Dios no tiene allí su puesto soberano, si la vida y la activi­dad del mundo no gravitan en torno a Él ni tienen, a El por cen­tro? La sociedad no es más que una enorme máquina, cuyo or­den es sólo aparente, porque ya no es el orden de la vida, del espíritu, de la libertad, de la paz. Como en una máquina, su ac­tividad se ejercita materialmente, destruyendo la dignidad y la libertad humanas.

(Radiomensaje de Navidad, 24 diciembre 1951.)

Quien encontrase infundada nuestra solicitud por la verdade­ra libertad al referirnos, como lo hacemos, a la parte del mundo que suele llamarse “mundo libre”, debería considerar que tam­bién en él, primero la guerra propiamente dicha, luego la “gue­rra fría”, han conducido forzosamente las relaciones sociales en una dirección que inevitablemente restringe el ejercicio de la libertad misma.

(Radiomensaje de Navidad, 24 diciembre 1952.)

Para asegurar la libertad del hombre, preciso es que la so­ciedad esté ordenada de acuerdo a su estructura natural, o sea conforme al supremo Ordenador, dando de lado a la "idolatría" tecnológica y mecanicista.

La religión y la realidad del pasado enseñan que las estructu­ras sociales, como el matrimonio y la familia, la comunidad y las profesiones mancomunadas, la unión social dentro de la pro­piedad personal, son células esenciales que aseguran la libertad del hombre y, con ésta, su papel en la historia. Son intangibles, por lo tanto, y la sustancia de ellas no puede estar sujeta a ar­bitrarias revisiones.
Quien de veras busca la libertad y la seguridad, debe resti­tuir la sociedad a su verdadero y supremo Ordenador, persua­diéndose de que solamente el concepto de sociedad que deriva de Dios lo protege en sus empresas más importantes. El ateísmo teórico y aun práctico de quienes idolatran la tecnología y el proceso mecánico de los acontecimientos, acaba necesariamente por Convertirse en enemigo de la verdadera libertad humana, puesto que trata al hombre como a las cosas inanimadas en el laboratorio.

(Radiomensaje de Navidad, 23 diciembre 1956.)

Selección tomados de César H. Belaúnde, “La política en el pensamiento de Pío XII”, EMECÉ editores, Buenos Aires, 1962, págs. 143-148.

martes, 20 de noviembre de 2012

Pío XII: el positivismo jurídico.





El pensamiento del hombre moderno, del hombre que ha renegado de Dios (o lo hizo a su medida, lo cual es esencialmente lo mismo), lo ha llevado a creer en que él, por sí mismo, puede hacer las leyes a su medida prescindiendo totalmente de toda ley moral objetiva fuera del sí mismo. Tal error filosófico se lo llama positivismo jurídico. Este error, ha llevado a que los hombres hagan las leyes según conveniencias políticas y económicas de poder, generalmente guiados por la ambición y la soberbia, ha conducido al poder legislativo hasta la locura de legalizar crímenes como el aborto y leyes la contra la misma naturaleza humana, como ocurre en las llamadas “uniones” entre personas del mismo sexo o “matrimonio” homosexual.


EL POPSITIVISMO JURÍDICO

Estrechamente ligada con el estatismo se halla la doctrina del positivismo jurídico, que quita al derecho su verdadera base: la ley divina natural y positiva, y pretende reemplazarla por la voluntad del legislador. El Santo Padre, en varias ocasiones, lo de­nunció e hizo notar las funestas consecuencias a que conduce. Así, en 1949 realizó un penetrante análisis del mismo, señalando su origen y su actual vinculación con el totalitarismo, y hacien­do referencia, además, a los procesos contra los “criminales de guerra”.

Las causas de tales crisis [en la administración de la justicia] han de buscarse principalmente en el positivismo jurídico y en el absolutismo del Estado; dos manifestaciones que a su vez de­rivan y dependen una de otra. En efecto, sustraída al derecho su base constituida por la ley divina natural y positiva, y por lo mismo inmutable, no queda sino fundarlo sobre la ley del Estado como norma suprema, y he aquí puesto el principio del Estado absoluto. A su vez este Estado absoluto buscará necesariamente someter todas las cosas a su arbitrio y, especialmente, hacer servir el mismo derecho a sus propios fines. [... ]
En el campo de la acción humana consciente del bien y del mal, del precepto, del permiso y de la prohibición, la voluntad ordenadora del Creador se manifiesta mediante el mandato mo­ral de Dios inscripto en la naturaleza y en la revelación, y tam­bién mediante el precepto o la ley de la legítima autoridad hu­mana en la familia, en el Estado y en la Iglesia. Si la actividad humana se regula y se dirige según esas normas, permanece por sí misma en armonía con el orden universal querido por el Creador.
En esto encuentra su respuesta la cuestión del derecho verda­dero y falso. El simple hecho de ser declarado por el poder le­gislativo norma obligatoria del Estado, tomado sólo y por sí, no basta para crear un verdadero derecho. El “criterio del sim­ple hecho” vale sólo para Aquél que es el autor y la regla so­berana de todo derecho, Dios. Aplicarlo al legislador humano indistinta y definitivamente, como si su ley fuese la norma suprema del derecho, es el error del positivismo jurídico en el sen­tido propio y técnico de la palabra; error que está en la base del absolutismo del Estado y que equivale a una deificación del mismo Estado.
El siglo XIX es el gran responsable del positivismo jurídico. Si sus consecuencias han tardado en hacerse sentir con toda su gra­vedad en la legislación, se debe al hecho de que la cultura es­taba aún impregnada por el pasado cristiano y a que los repre­sentantes del pensamiento cristiano podían todavía, casi en todas partes, hacer oír su voz en las asambleas legislativas. Debía venir el Estado totalitario de sello anticristiano, el Estado que —por principio o al menos de hecho— rompía todo freno ante el su­premo derecho divino, para revelar al mundo la verdadera faz del positivismo jurídico.
Hay que volver muy atrás en la historia para encontrar un así llamado “derecho legal”, que despoja al hombre de toda dig­nidad personal; que le niega el derecho fundamental a la vida y a la integridad de sus miembros, refiriendo una y otra al ar­bitrio del partido y del Estado; que no reconoce al individuo el derecho al honor y al buen nombre; que discute a los padres el derecho sobre sus hijos y el deber de su educación; que, sobre todo, considera el reconocimiento de Dios, supremo Señor, y la dependencia del hombre hacia El cómo sin interés para el Es­tado y la comunidad humana. Este “derecho legal”, en el sen­tido expuesto, ha dislocado el orden establecido por el Creador; ha llamado al desorden orden, a la tiranía autoridad, a la escla­vitud libertad, al delito virtud patriótica.
Tal era y tal es aún, debemos decirlo, en algunos lugares, el “derecho legal”. Todos hemos sido testigos del modo cómo al­gunos, que habían obrado según este derecho, han sido después llamados a rendir cuentas ante la justicia humana. Estos procesos no sólo han entregado a verdaderos criminales a la suerte que merecían; han demostrado también la intolerable condición a que puede ser reducido, por una ley del Estado completamente dominada por el positivismo jurídico, un funcionario público que, por su naturaleza y librado a sus sentimientos, habría sido un hombre probo.
Se ha observado cómo, según los principios del positivismo ju­rídico, aquellos procesos habrían debido concluir en otras tantas absoluciones, aun en los casos de delitos que repugnan al senti­miento humano y llenan de horror al mundo. Los acusados se encontraban, por así decirlo, cubiertos por el “derecho vigente”. ¿De qué eran culpables, sino de haber hecho lo que este de­recho prescribía o permitía?
No pretendemos ciertamente excusar a los verdaderos culpa­bles. Pero la mayor responsabilidad recae sobre los profetas, so­bre los propugnadores, sobre los creadores de una cultura, de un poder del Estado, de una legislación, que no reconoce a Dios y sus derechos soberanos. Dondequiera que estos profetas estaban o están todavía actuando, debe surgir la renovación y la restau­ración del verdadero pensamiento jurídico.
Es necesario que el orden jurídico se sienta nuevamente ligado al orden moral, sin permitirse traspasar los confines de éste. Aho­ra bien, el orden moral está esencialmente fundado en Dios, en su voluntad, en su santidad, en su ser. Incluso la más profunda o más sutil ciencia del derecho no podría indicar otro criterio para distinguir las leyes injustas de las justas, el simple derecho legal del verdadero  derecho, que aquel perceptible con la sola luz de la razón en la naturaleza de las cosas y en el mismo hom­bre, el de la ley escrita por el Creador en el corazón humano (cfr. Rom., 2, 14-15) y confirmada expresamente por la revela­ción. Si el derecho y la ciencia jurídica no quieren renunciar a la única guía capaz de mantenerlos en el recto camino, deben reconocer las "obligaciones éticas" como normas objetivas váli­dos también para el orden jurídico.

(Alocución a la Sacra Romana Rota, 13 noviembre 1949.)

También mostró el Sumo Pontífice la coincidencia de criterio que en esta materia existe entre dos concepciones políticas apa­rentemente opuestas, cuales son el liberalismo y el totalitarismo.

Por su actitud acerca de la opinión pública, la Iglesia se colo­ca como una barrera en frente del totalitarismo, el cual, por su misma naturaleza, es necesariamente enemigo de la verdade­ra y libre opinión de los ciudadanos. En efecto, es por su mis­ma naturaleza por lo que rechaza este orden divino y la relativa autonomía que éste reconoce a todos los dominios de la vida, en cuanto que tienen su origen en Dios.
Esta oposición se ha afirmado de nuevo manifiestamente con ocasión de los dos discursos en que Nos quisimos recientemente hacer luz sobre la posición del juez respecto a la ley[1]. Nos hablábamos entonces de las normas objetivas del derecho, del derecho divino natural, que garantiza a la vida jurídica de los hombres la autonomía requerida por una viva y segura adapta­ción a las condiciones de cada tiempo. Que los totalitarios no nos hayan comprendido, ellos para quienes la ley y el derecho no son más que instrumentos en las manos de los círculos dominan­tes, Nos lo esperábamos ya. Pero comprobar las mismas incom­prensiones de parte de ciertos medios que por largo tiempo se ha­bían constituido como campeones de la concepción liberal de la vida, que habían condenado a hombres por el solo pecado de sus relaciones con leyes y preceptos contrarios a la libertad, he ahí algo que es muy para sorprendernos. Porque, en fin, que el juez al pronunciar la sentencia se sienta atado por la ley positiva y obligado a interpretarla fielmente, no hay en ello nada incom­patible con el reconocimiento del derecho natural; más aún, es una de sus exigencias. Pero lo que no se podría legítimamen­te conceder es que este vínculo sea anudado exclusivamente por el acto del legislador humano de quien emana la ley. Esto sería reconocer a la legislación positiva una seudomajestad que no se diferenciaría en nada de la que el racismo o el nacionalismo atribuía a la producción jurídica totalitaria, poniendo bajo sus pies los derechos naturales de las personas físicas y morales.

(Alocución al I Congreso Internacional de la Prensa Católica, 17 febrero 1950.)

El positivismo jurídico puede dar base a los peores excesos, como lo demuestra la historia antigua y reciente.

El positivismo jurídico extremo no se puede justificar ante la razón. Representa el principio: “El derecho abarca todo cuanto está establecido como “derecho” por el poder legislativo en la comunidad nacional o internacional, y nada más que eso, inde­pendientemente por completo de cualquier exigencia fundamental de la razón o de la naturaleza”. Si se va a la aplicación de es­te principio, nada puede impedir que un contrasentido lógico y moral, la pasión desencadenada, los caprichos y la violencia bru­tal de un tirano y de un criminal lleguen a constituir “el dere­cho”. La historia, como se sabe, nos proporciona más de un ejemplo de  esta   posibilidad   que ha  llegado  a   ser  realidad.

(Alocución a los miembros del Congreso de Derecho Penal Internacio­nal, 3 octubre 1953.)


Citas tomadas de la obra de César H. Belaúnde, “La política en el pensamiento de Pío XII”, EMECÉ editores, Buenos Aires, 1962, págs. 138-142.


[1] Se trata de la alocución a la Sacra Romana Rota, ya citada, y de otra a los participantes en el Congreso de la Unión de Juristas Cató­licos Italianos, el 6 de noviembre de 1949. En esta última el Papa se refirió a la aplicación judicial de leyes injustas.

viernes, 24 de agosto de 2012

domingo, 8 de julio de 2012

La Dignitatis Humanae y el Magisterio ordinario.



Los modernistas «rinden culto a la libertad en vez de la verdad». «La velantía cristiana es una virtud cardinal que se llama fortaleza» (A. Ottaviani)

¿Culto a la libertad o a la verdad?

El 2 de marzo de 1953 el cardenal Alfredo Ottaviani impartió una conferen­cia en la Universidad Lateranense titulada Los deberes del Estado Católico para con la religión, que publicó aquel mismo año la librería de dicha universidad pontificia. Tal conferencia resumía las enseñanzas que había impartido el autor en esa universi­dad durante varios años, las cuales se re­cogieron en los tres volúmenes de las Institutiones luris Publici Ecclesiastici (Ciudad del Vaticano, ed. Typis Polyglottis Vaticanis, 1936) y luego se condensaron en el Compendium luris Publici Ecclesiastici, en un solo tomo, que fue publicado por la misma editorial en 1938 (*).
El purpurado, que había ascendido en el ínterin a proprefecto de la Sagrada Con­gregación del Santo Oficio, quiso compen­diar en la conferencia que tratamos, que se volvió celebérrima, la enseñanza católica tradicional sobre las relaciones entre el Estado y la Iglesia. Esta enseñanza fue su caballo de batalla, durante los trabajos del Concilio Vaticano II, contra la “libertad religiosa” que sostenía el cardenal Augustin Bea, a la cual Alfredo Ottaviani oponía, en conformidad con la Tradición, la “tole­rancia religiosa”. Por desgracia, el esque­ma de Bea prevaleció en virtud del apoyo de Juan XXIII primero y de Pablo VI des­pués, y se convirtió en la declaración Dignitatis personae humanae.
La cuestión no era accidental o de es­casa importancia en el conjunto de la doctri­na católica. Los Padres de la Iglesia, los doctores, los papas, los teólogos y los canonistas se habían pronunciado de modo sustancialmente idéntico al respecto hasta el Vaticano II, el cual, por eso, cuando ha­bló del “derecho a profesar religiones fal­sas”, rompió objetivamente con la Tradi­ción, que habla tocante a ellas sólo de “to­lerancia práctica, no de principio”.
Ottaviani sabía que ya en 1953 se di­fundían también en esta materia teorías an­taño condenadas por la Pascendi, y que por eso la encíclica Humani Generis de Pío XII había condenado la nouvelle théologie, el 12 de agosto de 1950, en tanto que neo-modernismo o reviviscencia del modernis­mo. Así fue como el cardenal del Santo Oficio pronunció la conferencia en cues­tión para corroborar la doctrina católica sobre las relaciones Iglesia-Estado y con­denar las novitates del catolicismo liberal o modernismo social renaciente.

Actualidad e importancia del problema.

El cardenal Ottaviani lamentaba en su conferencia que el “derecho público ecle­siástico”, o sea, la doctrina concerniente a las relaciones entre el Estado y la Iglesia, entre el poder político o temporal y el po­der religioso o espiritual, no saliera ya de las aulas de las universidades pontificias para informar las mentes de los legislado­res y de los fieles seglares. Constataba, en cambio, que «la prensa no habla de ella por principio, como que está dirigida por hombres que rinden culto a la libertad en lugar de a la verdad» (ivi).
Insistía por eso en la urgente necesidad de «divulgarla en el seno de todos los gru­pos sociales» (ibidem, p. 6). Invitaba a plantear el problema de las relaciones en­tre el Estado y la Iglesia «apertis verbis [en términos claros], ampliamente y, so­bre todo, sin miedo. La valentía cristiana es virtud cardinal que se llama fortale­za» (p. 4); y el cristiano debe imitar a Je­sús, el cual vino “para dar testimonio de la verdad” (Jn 18, 37), lo único que nos hará libres. Sin verdad no hay auténtica liber­tad, sino esclavitud y timor mundanus o respetos humanos, que denotan falta de co­raje y de fortaleza.

Los enemigos declarados, menos peligro­sos que los falsos amigos

El cardenal Ottaviani no se asombra de que los enemigos de la Iglesia combatan su misión negando sus facultades, en espe­cial el derecho a informar la legislación civil según el espíritu cristiano (p. 5), pero prosigue: «surge, en cambio, en nosotros un asombro que crece hasta el estupor y se trueca en tristeza desgarradora cuan­do son los propios hijos de la Iglesia (...) los que intentan arrancarle las armas es­pirituales de la verdad y de la justicia» (p. 5). Mas ya veremos que, como decía Hamlet, “hay mucha lógica en esta locura”.
La Iglesia que fundó Jesús es una so­ciedad espiritual perfecta, esto es, contie­ne tanto el elemento espiritual sobrenatu­ral como el jurídico. De ahí que no se deba contraponer, prosigue el cardenal, la “Igle­sia pneumática o carismática” a la “Iglesia del derecho” porque la naturaleza del de­recho eclesiástico y la estructura jerárqui­ca o societaria de la Iglesia no están en contradicción con su naturaleza espiritual y sacramental. La Iglesia es el “cuerpo [so­ciedad jurídica] místico [sobrenatural y espiritual] de Cristo” (Pío XII, encíclica Mystici Corporis, 1943), y Cristo la fundó sobre Pedro y sobre sus sucesores como «una sociedad perfecta en su género, y provista de todos los medios sociales y jurídicos necesarios para perpetuar en la tierra la obra de la redención» (p. 6).

Valor del magisterio ordinario.

El católico actual, comentaba a la sa­zón el cardenal, es parangonable al «delicatus miles [soldado afeminado] que quiere vencer sin combatir» (p. 6), o al «inge­nuo que acepta la mano tendida insidio­samente sin darse cuenta de que dicha mano lo arrastrará luego a cruzar el Rubicán hacia el error y la injusticia. El primer error de éstos no es otro que el de no aceptar plenamente las arma veritatis [armas de la verdad]» (p. 6), que son las enseñanzas del magisterio, aun del ordina­rio, referentes al derecho público eclesiás­tico. Dichas enseñanzas fueron imparti­das sobre todo por los pontífices roma­nos, en particular por los papas que se sucedieron desde Gregorio XVI a Pío XII, quienes aprovechaban para propor­cionarlas las ocasiones que les brinda­ban sus pronunciamientos contra el libe­ralismo católico.
Cierto historicismo pretende relativizar, según parece, las enseñanzas del magiste­rio constante y tradicional de los papas al ligarlas a unos momentos históricos deter­minados, los cuales, en su opinión, absor­bieron y subjetivizaron las doctrinas u ob­jetos enseñados por el magisterio. Arguye, por ejemplo, que en el siglo XIX, dada la situación particular de la Iglesia, Pío IX debió escribir el Sílabo (1864), así como León XIII tuvo que hacer lo propio con la Immortale Dei (1885); mas hoy, sigue di­ciendo, las condiciones históricas han cam­biado, y por eso lo que ayer era verdad hoy ya no lo es porque ha cambiado con la mudanza de los tiempos. ¡No!, objeta el pur­purado. La verdad y la doctrina no cam­bian como un vestido que pasa de moda con el correr de los años. La doctrina si­gue siendo la misma sustancialmente, aun­que accidentalmente pueda ser ahondada, si bien siempre eodem sensu eademque sententia, es decir, de manera homogénea, no contradictoria. Así, pues, la condena del catolicismo liberal o neomodernismo so­cial sigue siendo especulativamente ver­dadera hoy como ayer, igual que dos y dos son cuatro. Y ello aun si en la práctica no puede aplicarse el derecho público ecle­siástico del mismo modo en todas las épo­cas. Es sólo una cuestión de aplicación de principios inmutables de suyo a casos con­cretos y particulares que pueden requerir cierta prudencia así como una atenuación en la praxis, mas nunca un cambio doctri­nal.

Los deberes del estado católico.

En los países de población de absoluta mayoría católica, el estado debe procla­mar en la constitución a la religión católi­ca como religión única del Estado (p. 10), tal y como sucedía en España e Italia. Por desgracia, se lamentaba el purpurado, al­gunos católicos consideran “anacrónica” esta doctrina (p. 8). Son éstos los católi­cos liberales o modernistas sociales, que consideran, contrariamente al magisterio constante de la Iglesia compendiado en el derecho público eclesiástico, que «el Es­tado, hablando con propiedad, no puede realizar un acto de religión (...) y que la obligación para el Estado de rendir culto a Dios no puede entrar nunca en la esfe­ra constitucional» (p. 8). Ahora bien, tal doctrina pugna con la tradición apostólica de la Iglesia, con el magisterio tradicional de los papas y con la enseñanza y la unani­midad de pareceres de los Padres eclesiás­ticos al interpretar los pasajes de la Sa­grada Escritura que hablan del poder tem­poral y del espiritual. Además, la nueva y heterodoxa doctrina católico-liberal y socialmodernista contradice también a la recta y sana razón humana, que prueba que el hombre es por naturaleza un “animal so­cial” (Aristóteles y Sto. Tomás); de ahí que la sociedad esté obligada, como el indivi­duo, a tributar a Dios el culto que se le debe, según la manera en que el mismo Dios quiere que se le adore (Gregorio XVI y León XIII). Por eso escribe Ottaviani que es «del deber de los gobernantes de un estado compuesto de católicos en su casi totalidad y, por lógica consecuencia, re­gido por católicos, informar la legisla­ción en sentido católico» (p. 8).
Se echa de ver que tal doctrina, no sólo se ignora hoy, sino que tanto los gobernan­tes temporales como los espirituales la combaten adrede, como que consideran que la mejor forma de gobierno estriba en la separación de la Iglesia y el Estado. Las consecuencias prácticas son enormes y devastadoras: divorcio, aborto, eutanasia, matrimonios homosexuales legalizados, etc.
Asistimos a la subversión teórica del primer principio de la moral: malum faciendum, bonum vitandum est! ¡Hay que hacer el mal y evitar el bien! Parece una locura. Parece una locura si bien no es otra cosa que la perversión diabólica de los primeros principios, evidentes de suyo, tan­to especulativos (el principio de no con­tradicción) como prácticos (la sindéresis o primer principio de la moral). Así que con razón se cita a Hamlet: “¡Hay mucha lógica en esta locura!” Es la misma “lógi­ca” que empujó a Lucifer a gritar: non serviam! (“¡no obedeceré!”); a la serpien­te del paraíso a decir: Eritis sicut dei (“Se­réis como dioses”), y a las turbas desal­madas de los tiempos de Jesús a blasfe­mar: Nolumus Hunc regnare super nos (“No queremos que Éste reine sobre noso­tros”).
La doctrina católica inmutable es «la profesión social, no sólo privada, de la religión; la inspiración cristiana de la legislación; la defensa del patrimonio re­ligioso contra todo asalto de los que que­rrían arrancarle al pueblo el tesoro de su fe y de la paz religiosa» (p. 8). Hoy, en cambio, los prelados enseñan que es me­nester acoger a los que son “diferentes” para hacer de la Iglesia antaño católica una sociedad multiétnica, multicultural y multirreligiosa.
La consecuencia de esta doctrina dia­bólicamente falaz será la guerra civil, cul­tural y religiosa. Europa e Italia se ven “in­vadidas” por millones de moros a los que no se hace entrar a escondidas en nuestros países, dentro de algún “caballo de Troya”, sino que se les acoge con los brazos abier­tos en las estructuras de la “caritas internationalis” por quien debería defender a las ovejas del lobo en vez de entregárselas. León XIII (Immortale Dei y Libertas) y Pío XII (Summi Pontificatus) enseñaron que «no es justo atribuir los mismos de­rechos al bien y al mal, a la verdad y al error. La razón se rebela contra el pen­samiento de que, por condescender con las exigencias de una pequeña minoría, se lesionen los derechos, la fe y la con­ciencia de la casi totalidad del pueblo, y de que se traicione a éste permitiendo a los que asechan su fe crear en su seno una escisión con todas las consecuencias de la lucha religiosa».
¡Qué actuales son estas palabras cin­cuenta años después! Belenes prohibidos en Navidad, crucifijos escondidos o eli­minados para no herir la sensibilidad de la morisma, que en un futuro acaso cercano nos cortará la mano que hoy finge besar. Los jerarcas temporales y espirituales, que hoy se hallan unidos en la formación del “nuevo orden mundial”, bien merecen la calificación de “¡traidores!” que les dio el cardenal Ottaviani ya en 1953. Pero, aten­ción, queridos ministros, obispos y pontí­fices: «Con los pequeños se usará misericordia, mas los poderosos de este mundo sufrirán grandes tormentos», recuerda el cardenal Ottaviani citando la Mystici Corporis, que cita a su vez a la Sagrada Escri­tura [Sap 6, 4-10].

La condena del falso ecumenismo.

El purpurado recuerda en su conferen­cia que en 1949 se celebró en Amsterdam «una reunión de varias iglesias hete­rodoxas para hacer progresar el movi­miento ecuménico. (...) La Iglesia Católi­ca, que se sabe en la posesión tranquila de la verdad y de la unidad, lógicamente no debía estar presente para buscar allí la unión que los demás no tienen» (p. 12).
¿Cómo conciliar Asís I, II y III con tal frase, que es el eco fiel de la doctrina y de la práctica constante de la Iglesia? ¿Qué hermenéutica de la “continuidad” se podrá invocar sin cubrirse de ridículo?

En el templo y fuera del templo.

El cristianismo y la Iglesia desempeñan una función religiosa no sólo individual, sino también social. El modernismo social, en cambio, quiere, según parece, «encerrar a la Iglesia entre las cuatro paredes del templo, separando entre sí la religión y la vida social, la Iglesia y el mundo» (p. 17). El cardenal recuerda, contra esta des­viación, que la doctrina católica enseña que «la Buena Nueva se refiere a toda la re­velación, con todas las consecuencias que comporta para la conducta moral del hombre respecto de sí mismo, en la vida doméstica y en el sentido del bien de la sociedad» (p. 17). Éste es el alcance so­cial o político (no partidista) de la Iglesia.

Per crucem ad lucem! [¡Por la cruz a la luz!]

El cardenal Ottaviani concluye citando a Pío XII: «Religión y moral constituyen un todo indivisible: el orden moral, los mandamientos de Dios valen igualmente para todos los campos de la actividad humana, sin excepción alguna; la misión de la Iglesia se extiende hasta allí a don­de llegan»; por eso, «¡la Iglesia Católica no se dejará encerrar nunca entre las cua­tro paredes del templo! La separación entre la religión y la vida, entre la Igle­sia y el mundo, es contraria a la idea cristiana y católica» (p. 17; Pío XII, Discurso a los párrocos, AAS, XXXVIII, p. 187).
No por ambición de ventajas terrena­les, sino por el reinado de Cristo, prosigue el purpurado, la Iglesia «sufre, llora y vier­te su sangre. Mas la senda del sacrificio es precisamente aquella por la cual la Iglesia suele llegar al triunfo»; y cita una vez más a Pío XII: «Nos miramos hoy, amados hijos, al Hombre-Dios, nacido en una gruta para levantar de nuevo al hom­bre a aquella grandeza de la que había caído por su culpa, para volverlo a colo­car en el trono de libertad, de justicia y de honor que los siglos de los dioses fal­sos le habían negado. El fundamento de dicho trono será el Calvario; su ornamen­to no será el oro o la plata, sino la sangre de Cristo, sangre divina que hace veinte siglos que corre por el mundo (...).
¡Oh Roma cristiana! esa sangre es tu vida».

Laurentius, revista “Si Si No No” año XXII, nº 236, marzo 2012.

* [N. del E.]: esta conferencia está disponible en nuestra colección de Cuadernos Fides, n° 14, a que hacen referencia las páginas citadas. Pedidos a: Si Si No No. Aptdo. de correos 156. 28600 -Navalcarnero (Madrid). Precio: 4 • (gastos de envío incluidos).

sábado, 7 de julio de 2012

En Nous Procurant: Discurso de Pío XII al Instituto Internacional de Finanzas.


Pío XII Al procurarnos el placer de recibir el delicado homenaje de vuestra deferencia, nos ofrecéis también, señores, la ocasión de expresaros el vivo interés que Nos sentimos por la labor de vuestro Instituto, labor austera sin duda alguna, cuyas dificultades e importancia bien pocos saben vislumbrar.

Complejidad de las finanzas públicas.

Las cuestiones de las finanzas públicas han sido siempre objeto de una atención especialísima no sólo por parte de los intelectuales y de los técnicos, sino también, por decirlo así, por parte de todos. La razón de ello es que cada uno aprecia el grado de prosperidad o de crisis de las finanzas públicas sobre todo desde el punto de vista de su interés personal. Ahora bien, los sucesos y las condiciones de estos últimos tiempos han agudizado de tal manera estas cuestiones, que en muchos países han llegado a ocupar el centro de las luchas políticas y con frecuencia se han convertido en el punto neurálgico de las discusiones más apasionadas, no sin peligro, por otra parte, para el equilibrio de la estructura interna del Estado. Muchas personas, en efecto demasiadas personas-, guiadas por el interés, por el espíritu departido, o incluso por consideraciones nacidas más del sentimiento que de la razón, abordan y tratan, haciéndose economistas y políticos improvisados, las cuestiones financieras y fiscales con tanto mayor ardor y desenfado, con tanta mayor seguridad y desenvoltura, cuanto mayores su incompetencia. A veces parece que ni siquiera sospechan la necesidad que hay, para resolverlas, de estudios atentos, de encuestas y de observaciones múltiples, de experiencias comparadas.

Crisis de conciencia en materia fiscal.

Las necesidades financieras de cada una de las naciones, grandes o pequeñas, han crecido de manera formidable. El defecto no proviene solamente de las complicaciones o el de las tensiones internacionales; se debe también, y quizá todavía más, a la extensión desmesurada de la actividad del Estado, actividad que, dictada con demasiada frecuencia por ideologías falsas o malsanas, hace de la política financiera, y muy particularmente de la política fiscal, un instrumento al servicio de preocupaciones completamente diferente. ¿Quién se admirará, después de esto, del peligro en que se encuentran la ciencia y el arte de las finanzas públicas de descender, carentes de principios fundamentales claros, simples, sólidos, al papel de una técnica y de una manipulación puramente formales? Es, por desgracia, lo que se constata hoy día en muchos dominios de la vida pública; un tinglado hábil y audaz de sistemas y procedimientos, pero sin resorte interior, sin vida, sin alma. Este estado de cosas influye más perniciosamente todavía sobre la mentalidad de los individuos. El individuo va teniendo cada día menos conocimientos de los asuntos financieros del Estado; aun en la política más sana, sospecha siempre alguna senda tortuosa, misteriosa, o una intención oculta malintencionada, de la cual él debe prudentemente desconfiar y guardarse. Ved, pues, cómo es ahí en definitiva donde hay que buscar la causa profunda de la decadencia de la conciencia moral del pueblo del pueblo en todos sus grados- en materia de bien público, en materia fiscal principalmente. ¿Cómo podría la Iglesia contemplar indiferente esta crisis que, en realidad, es una crisis de conciencia? He aquí por qué, dirigiéndose a aquellos que tienen alguna parte de responsabilidad en el manejo de las cuestiones de las finanzas públicas, la Iglesia les conjura: En nombre de la conciencia humana, no arruinéis la moral desde arriba. Absteneos de aquellas medidas que, a pesar de su valor técnico, soliviantan y hieren en el pueblo el sentido de lo justo y de lo injusto, o que relegan a segundo término su fuerza vital, su legítima ambición de recoger el fruto de su propio trabajo, su preocupación por la seguridad familiar, consideraciones todas que merecen ocupar en lamente de un legislador el primer lugar, no el último.

Orientación sana de la política financiera.

El sistema financiero del Estado debe orientarse a reorganizar la situación económica de manera que asegure al pueblo las condiciones materiales de vida indispensables para alcanzar el fin supremo señalado por el Creador: el desenvolvimiento de su vida intelectual, espiritual y religiosa. En cuanto a vosotros, vuestra alta competencia os llama a defender la política financiera contra las maniobras de los ambiciosos y los demagogos. Consagrados con el más magnánimo desinterés, ardiendo en deseos de buscar no el favor popular, sino el verdadero bien del pueblo, recibiréis al menos el sufragio de una selección que sabe comprenderos; tenéis en vuestro favor el testimonio de vuestra conciencia, y Dios, no lo dudéis, Dios, para quien todo está presente, no dejará sin recompensa lo que hayáis hecho en servicio de los hombres, vuestros hermanos, y por la restauración del mundo. De todo corazón Nos le pedimos os conceda la luz y la fuerza que necesitáis y haga fecunda vuestra labor para el bien y la paz de la sociedad humana.

S.S. Pío XII, Papa, “En Nous Procurant”, discurso al Instituto Internacional de Finanzas.