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miércoles, 13 de marzo de 2013

Por el acto de vandalismo perpetrado ayer.


Nos preguntábamos en un post anterior si habría alguien que denunciara el atropello perpetrado contra nuestra Catedral por las hordas marxistas que, con del dinero público, están destruyendo la convivencia de los argentinos.

Pensábamos en algún fiscal, inclusive en la Arquidiócesis de Buenos Aires. Pero un abogado católico les ha ganado de mano y plantó querella, según publicamos a continuación.

Nuestras felicitaciones a quien, valientemente, pone el cuero y el prestigio profesional al servicio de Dios y de la Patria. Estemos atentos para apoyarlo, llegado el caso.




PROMUEVE QUERELLA - DENUNCIA DELITO

Señor Juez:

NNN, por mi propio derecho, argentino de estado civil XX, titular del DNI Nº XX, con fecha de nacimiento XX/XX/XX, Abogado, constituyendo domicilio legal en la ---- de Capital Federal a V.S. respetuosamente se presenta y como mejor convenga dice:


I. FORMULA DENUNCIA POR INTIMIDACION PUBLICA ART 211 DEL CODIGO PENAL:

Que para un correcto ordenamiento procesal, primeramente vengo por el presente, a formular denuncia por la comisión del delito de intimidación pública, previsto en el art. 211 del CP y/o la figura que VS estime corresponder contra “EL MOVIMIENTO POPULAR LA DIGNIDAD” y/o las personas NN que se presentaron como integrantes de dicha banda en la Catedral Metropolitana de la Ciudad de Buenos Aires, con sede en la calle Rivadavia 415 de la Capital Federal el 12 de Marzo de 2013, hecho público y notorio.

Que como vengo relatando, en la sede Mayor de la Iglesia Católica Apostólica y Romana se ha presentado una turba de personas calculadas “prima facie” en unas 200, las cuales han entrado en medio de la celebración del Rito más importante que tenemos los católicos, el cual es el de la Santa Misa, interrumpiendo a los feligreses y personas que allí se encontraban, mediante vocinglerías y agresiones verbales, a quienes no formaban parte de su grupo, con el uso de instrumentos de percusión, gritos, la instalación de una “olla popular”; banderas, aplausos desaforados y todo tipo de medidas claramente coercitivas sobre cualquier persona que estuviera en desacuerdo con tamaña conducta.

Que los dichos de los cabecillas de esa horda que se desenvolvía más como una turba de hunos que como seres civilizados, han manifestado que el “reclamo” era contra los “subsidios” que percibe la Iglesia Católica en el ámbito de la Educación Porteña. No cabe aquí analizar si corresponde hacer lugar o no a dicha pretensión. Eso corresponde a otros ámbitos.

Que es evidente que dicho desorden afecta no sólo a los concurrentes habituales al Templo en donde se efectúa el Culto, sino a todos los católicos entre los cuales se encuentra el suscripto.
El lugar esta destinado al recogimiento interior y a permitir que toda persona pueda tener un ámbito de Paz espiritual y de acercamiento a Dios Nuestro Señor.
Cualquiera que crea en Dios puede entrar libremente al Templo y permanecer allí el tiempo que su alma necesite para reconfortarse de las adversidades de la vida y para glorificar al Altísimo. Esta practica fue interrumpida por los violentos que ingresaron el 12/03/13 de manera violenta en horas de la mañana, y sobre los cuales se pide se aplique el máximo castigo que la Ley Penal en sentido lato prevee para delitos de esta naturaleza.

EL TIPO PENAL: Que establece el art. 211 del CP en su parte pertinente que “para infundir un temor público o suscitar tumultos o desórdenes, hiciere señales, diere voces de alarma, amenazare con la comisión de un delito de peligro común o empleare otros medios materiales idóneos para producir tales efectos” como advertimos de la simple lectura de la norma, se advierte que se dan todos los presupuestos de la figura penal, por lo cual se solicita se ordene la investigación de los hechos aquí enunciados, se encuentre a los culpables y se aplique las condenas correspondientes.


II. SOLICITA SER TENIDO POR QUERELLANTE:

Que vengo por el presente a solicitar ser tenido por querellante en atención a que los hechos denunciados me afectan en mi fuero íntimo al impedirme, no sólo en dicha ocasión, sino eventualmente en un futuro mediato a concurrir a la Catedral de Buenos Aires, al poder concurrir en forma sorpresiva, sin aviso alguno, los vándalos aquí denunciados, en cualquier ocasión que consideren convenientes para efectuar supuestos reclamos que nada tienen que ver con la Iglesia católica, la cual es un ente autárquico de acuerdo a lo establecido en Código Civil, desde 1871 hasta la fecha.

Que con dicha conducta se ha violado no sólo la norma ya señalada, sino también la DECLARACION SOBRE LA ELIMINACION DE TODAS LAS FORMAS DE INTOLERANCIA Y DISCRIMINACION FUNDADAS EN LA RELIGION O CONVICCIONES la cual pese a no estar incorporada en el art. 75 inc 22, establece claramente que toda persona puede “practicar el culto o celebrar reuniones en relación con la religión o las convicciones, y de fundar y mantener lugares para esos fines”(art. 6 inc a).

Que asimismo el Pacto de San José de Costa Rica establece claramente en su “Artículo 12. Libertad de conciencia y de religión. 1°. Toda persona tiene derecho a la libertad de conciencia y de religión. Este derecho implica la libertad de conservar su religión o sus creencias, o de cambiar de religión o de creencias, así como la libertad de profesar y divulgar su religión o sus creencias, individual o colectivamente, tanto en público como en privado. 2°. Nadie puede ser objeto de medidas restrictivas que puedan menoscabar la libertad de conservar su religión o sus creencias o de cambiar de religión o de creencias. 3°. La libertad de manifestar la propia religión y las propias creencias está sujeta únicamente a las limitaciones prescriptas por la ley y que sean necesarias para proteger la seguridad, el orden, la salud o la moral públicas o los derechos o libertades de los demás.”
Por lo cual solicito de VS me tenga como querellante y me permita compulsar las presentes actuaciones.


III. PROPONE MEDIDAS DE PRUEBA:

Que vengo por el presente a proponer las siguientes, sin desmedro de las que VS estime corresponder como más apropiadas a la presente Causa:
INFORMATIVA: Se libre oficio a los noticieros, agencias de noticias, y periodistas intervinientes en los hechos a los efectos de que acompañen en autos copia fiel de todas las fotos y videos de los incidentes, a los efectos de establecer los hechos denunciados y si coinciden con el tipo penal y efectuar un relevamiento fotografico a fin de individualizar a los delincuentes.

Se oficie al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, a los efectos de que informe quines son las personas que forman parte de la banda “EL MOVIMIENTO POPULAR LA DIGNIDAD” acompañando toda la documentación que tuviere en su poder.

POLICIA FEDERAL Y METROPOLITANA: a los efectos de que informe si consigno datos de las personas que se encontraban en dicho lugar y acompañe registros que tuviere con relación al hecho denunciado. Se proceda a efectuar una investigación de inteligencia a los efectos de que se identifique las personas que participaron de la comisión de ese delito. Oportunamente se ordene el secuestro de los materiales con los cuales procedieron a efectuar los desmanes delictivos denunciados.

JUSTICIA ELECTORAL: a los efectos de que informe si dicho grupo es un partido y/o alianza electoral adjuntando copia autenticada de toda la documentación que obre en su poder.

Fecho, oportunamente se provea al requerimiento fiscal y se proceda a iniciar sin más dilaciones la investigación penal correspondiente.

Por todo lo expuesto de VS solicito:

1. Me tenga por presentado, por parte y como querellante.
2. Se ordene la investigación de los hechos denunciados.
3. Oportunamente se castigue con el máximo penal a los que resulten culpables del delito denunciado.

Proveer de Conformidad
SERÁ JUSTICIA