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miércoles, 23 de abril de 2014

¿Las canonizaciones de Juan XXIII y de Juan Pablo II son infalibles?


Nos ocupamos  en el pasado sobre la infalibilidad de las canonizaciones (ver aquí y aquí). Reproducimos hoy la traducción de una entrevista a Roberto de Mattei sobre las próximas canonizaciones de los pontífices Juan XXIII y Juan Pablo II. Añadimos al texto de la entrevista el enlace a un artículo de Mons. Brunero Gherardini sobre la no infalibilidad de las canonizaciones.


¿LAS CANONIZACIONES DE JUAN XXIII Y DE JUAN PABLO II SON INFALIBES?
(Una entrevista a Roberto de Mattei)

Profesor de Mattei, las inminentes canonizaciones de Juan XXIII y de Juan Pablo segundo suscitan, por varios motivos, dudas y perplejidades. ¿Cómo católico y como historiador, cuál es su juicio?

Puedo expresar una opinión personal, sin pretensiones de resolver un problema que se presenta complejo. En líneas generales, estoy perplejo por la facilidad con la cual en los últimos años se llevan a cabo y se concluyen los procesos de canonización. El concilio Vaticano I definió el primado de jurisdicción el Papa y la infalibilidad de su Magisterio, con determinadas condiciones, perono ciertamente la impecabilidad personal de los Soberanos Pontífices. En la historia de la Iglesia hubo buenos y malos papas y es reducido el número de quienes fueron elevados a los altares. Yhoy parece que al principio de infalibilidad del Papa se lo quiere sustituir por el principio de su impecabilidad. A todos los Papas, o mejor dicho a los últimos, a partir del concilio Vaticano dos, se los presenta como a santos. Por cierto no es casualidad que las canonizaciones de Juan XXIII y de Juan Pablo II hayan postergado o dejado atrás la canonización de Pío IX y la beatificación de Pío XII, mientras avanza el proceso de Pablo VI. Casi parece que una aureola de santidad debiese envolver la era del concilio y del postconcilio, para “infalibilizar” una época histórica que ha afirmado el primado de la praxis pastoral sobre la doctrina.

¿Usted opina entonces que los últimos Papas no han sido santos?

Permítame expresarme sobre un Papa al que como historiador lo conozco bien: Juan XXIII. Habiendo estudiado el Vaticano II, profundicé en su biografía y he consultado las actas del proceso de su beatificación. Cuando la Iglesia canoniza un fiel no quiere solamente asegurar que el difunto está la gloria del cielo, sino que lo propone como modelo de virtudes heroicas. Según los casos, se tratará de un perfecto religioso, párroco, padre de familia, etc.En el caso de un Papa, para ser considerado santo debe haber ejercitado las virtudes heroicas en el cumplimiento de su misión como pontífice, como fue, por ejemplo, para San Pío V o San Pío X. Y bien, en lo que se refiere a Juan XXIII, alimento la meditada convicción de que su pontificado ha representado un daño objetivo a la Iglesia y que es imposible encontrar en santidad en él. Por lo tanto. Antes que yo lo afirmaba el dominico Innocenzo Colosio, uno de los mayores historiadores de la espiritualidad en los tiempos modernos, en un célebre artículo aparecido en la Rivista de Ascetica e mistica.

Si, como usted piensa, Juan XXIII no fue un Santo Pontífice y si como parece la canonizaciones son un acto infalible, nos encontramos frente a una contradicción. ¿No hay riesgo de caer en el sedevacantismo?

Los sedevacantistas atribuyen un carácter hipertrófico a la infalibilidad Pontificia. Su razonamiento es elemental: si el Papa es infalible y hace algo malo, la sede está vacante. La realidad es mucho más compleja y es errada la premisa según la cual cada acto del Papa es infalible. En realidad, si las próximas canonizaciones plantean problemas, el sedevacantismo plantea problemas de conciencia mucho mayores.

Sin embargo, la mayoría de los teólogos, y sobre todo los más seguros, los de la “escuela romana”, afirman que las canonizaciones son infalibles.

La infalibilidad de las canonizaciones no es un dogma de fe y esta es la opinión de la mayoría de los teólogos, sobre todo después de Benedicto XIV, que la expresó además como doctor privado y no como soberano pontífice. En lo que atañe a la “escuela romana”, el máximo exponente viviente es monseñor Brunero Gherardini, quien ha expresado en la revistaDivinitas todas sus dudas sobre la infalibilidad de la canonizaciones. Conozco en Roma distintos teólogos y canonistas discípulos de otro ilustre representante de la misma escuela, monseñor Antonio Piolanti, que tienen las mismas dudas de monseñor Gherardini. Ellos opinan que las canonizaciones no entran en las condiciones requeridas por el concilio Vaticano I para garantizar la infalibilidad de un acto pontificio.La sentencia de la canonización no es en sí misma infalible, porque faltan las condiciones de la infalibilidad, empezando por el hecho de que la canonización no tiene por objeto directo explícito una verdad de fe o de moral contenido en la Revelación, sino solamente un hecho indirectamente ligado con el dogma, sin ser propiamente un “hecho dogmático” .El campo de la fe y de la moral es vasto porque abarca toda la doctrina cristiana especulativa y práctica, el creer y el obrar humano, pero una precisión es necesaria . Una definición dogmática no puede jamás implicar la definición de una nueva doctrina en materia de fe o de moral. El Papa sólo puede explicitar en lo que es implícito en materia de fe y de moral y es transmitido por la tradición de la IglesiaLo que los Papas definen debe estar contenido en la Escritura y a la Tradición y esto es lo que asegura la infalibilidad del acto. Esto no es ciertamente el caso de las canonizaciones. Por cierto, ni los códigos de derecho canónico de 1917 y de 1983, ni en los catecismos, antiguos y nuevos, exponen la doctrina de la Iglesia sobre canonizaciones. Sobre el tema, además del citado estudio de monseñor Gherardini, hay un óptimo artículo de José Antonio Ureta en el número de marzo 2014 en la revista Catolicismo.

¿Usted opina que las canonizaciones han perdido su carácter infalible, como consecuencia del cambio querido por Juan Pablo en 1983 en el proceso de canonizaciones?

Esta tesis es sostenidaen elCourrier de Rome por una excelente teólogo,el padre Jean-Michel Gleize. Por otra parte, el padreLow, en la voz Canonizaciones de la Enciclopedia Cattolica, fundamenta la tesis de la infalibilidad , es la existencia de un poderoso complejo de investigaciones y verificaciones, seguido por dos milagros, que preceden a la canonización. No hay dudas de que después de la reforma del procedimiento querida por Juan Pablo II, este proceso de verificación de la verdad es mucho más frágil y que ha sido un cambio en el mismo concepto de santidad. no obstante el argumento no me parece decisivo porque el procedimiento de las canonizaciones fue modificado a través de la historia. Cuando un siervo de Dios es declarado santo por la fuerza de una veneración secular La proclamación de la santidad de Ulrico de Augsburgo, hecha por Juan XV en el 993, que es considerada como la primera canonización pontificia en la historia, fue proclamada sin ninguna investigación por parte de la Santa Sede. El proceso de investigación profundizada se remonta sobre todo a Benedicto XIV: a él se debe,por ejemplo, la distinción entre canonización formal según todas las reglas canónicas y canonización equivalente, .cuando un siervo de Dios es declarado santo por la fuerza de una veneración secular. La Iglesia no exige un acto formal y solemne de beatificación para calificar un santo.
Santa Hildegarda de Bingen recibió y el Papa Gregorio IX, desde 1233, inició una investigación para la canonización. No obstante, nunca hubo canonización formal, ni siquiera Santa Catalina de Suecia, hija de Santa Brígida fue canonizada. Su proceso se desarrolló entre 1446 y1489, pero nunca se terminó y fue venerada como Santa sin siquiera estar canonizada.

¿Qué piensa usted de la tesis de Santo Tomás, también expuesta en el artículo canonizaciones del “Dictionnaire de Théologie catholique”, según la cual si el Papa no fuese infalible en una declaración solemne se engañaría asimismo y a la Iglesia?

Es preciso disipar primeramente un equívoco semántico: un acto no infalible no es un acto equivocado que necesariamente engaña, sino un acto sometido a la posibilidad del error. De hecho este error podría ser rarísimo o nunca sucedido.Santo Tomás, siempre equilibrado su juicios, no es un “infalibilista” a ultranza. Como está justamente preocupado por salvaguardar la infalibilidad de la Iglesia,lo hace con un argumento razón teológica, a contrario. Su argumento puede ser recibido en sentido lato, pero admitiendo la posibilidad de excepciones. Estoy de acuerdo con él sobre el hecho de que la Iglesia, en su conjunto, no puede errar cuando canoniza. Pero esto no significa que cada acto de Iglesia sea en sí mismo infalible, como tampoco lo es en sí mismo infalible el acto de canonización. El asentimiento que se brinda a los actos de canonización es de fe eclesiástica, no divina. Esto significa que el fiel cree porque acepta el principio según el cual la Iglesia normalmente no se equivoca. La excepción no cancela la regla. Un acreditado teólogo alemán, Bernhard Bartmann, en su manual de Teología dogmática, (1962), compara el culto rendido a un falso santo con el homenaje rendido al falso embajador de un rey El error no quita el principio según el cual el rey tiene verdaderos embajadores y la Iglesia canonizar verdaderos santos.

¿En qué sentido entonces se puede hablar de infalibilidad de la Iglesia en las canonizaciones?

Estoy convencido de que sería un grave error reducir la infalibilidad de la Iglesia al magisterio extraordinario del Romano Pontífice. La Iglesia no es infalible solamente cuando enseña de manera extraordinaria, sino también en su Magisterio ordinario. Pero así como existen condiciones de infalibilidad para el magisterio extraordinario existen condiciones de infalibilidad para el magisterio ordinario. Y la primera de ellas es su universalidad, que se verifica cuando una verdad de fe o de moral, es enseñada de manera constante a través del tiempo. El magisterio puede enseñar infaliblemente una doctrina con un acto definitorio del Papa o con un acto no definitorio del Magisterio ordinario, a condición de que esta doctrina haya sido constantemente conservada y mantenida por la Tradición, y haya sido trasmitida por el Magisterio ordinario y universal. La instituciónAd Tuendam Fidem de la Congregación para la doctrina de la fe, del 18 mayo de 1998(n.2) lo confirma. Por analogía, se podía sostener que la Iglesia no puede equivocarse cuando confirma constantemente del tiempo verdades conexas a la fe, hechos dogmáticos, usos litúrgicos. También las canonizaciones pueden entrar en este grupo de verdades conexas. Se puede estar seguro de que santa Hildegarda de Bingen está en la gloria de los altares y puede ser propuesta como modelo, no porque haya sido solemnemente canonizada por un Papa, porque en su caso nunca existió una canonización , sino porque la Iglesia reconoció su culto, sin interrupción, desde su muerte. Con mayor razón, para los santos que tuvieron canonización formal, como San Francisco o Santo Domingo, la certeza infalible de su gloria nace del culto universal, en sentido diacrónico, que la Iglesia les ha tributado y no de la sentencia de canonización en sí misma. La Iglesia no engaña en su magisterio universal, pero se puede admitir un error de las autoridades eclesiásticas circunscrito en el tiempo y el espacio.

¿Quiere usted resumir su posición?

La canonización de Juan XXIII es un acto solemne del Soberano Pontífice, que proviene de la suprema autoridad de la Iglesia y que debe ser recibida con el debido respeto, pero no es una sentencia en sí misma infalible. Para usar un lenguaje teológico, no es una doctrina de tenenda fidei,sino de pietate fidei. No siendo la canonización un dogma de fe, no existe para los católicos una obligación positiva de prestar asentimiento. El ejercicio de la razón, respaldado por un rigoroso reconocimiento de los hechos, demuestra con toda evidencia que el pontificado de Juan XXIII no ha sido beneficioso para la Iglesia. Si se debiese admitir que el Papa Roncalli ha ejercido de modo heroico las virtudes, cumpliendo su rol de Pontífice, se minarían las bases de los presupuestos racionales de mi fe. En la duda me atengo al dogma de fe establecido por el Concilio Vaticano I, según el cual no puede existir contradicción entre la fe y la razón. La fe sobrepasa la razón y la eleva, pero no la contradice, porque Dios, verdad por esencia, no es contradictorio. En conciencia, mantengo todas mi reservas sobre este acto de canonización”

Texto original en

traducción italiana en

Los subrayados son de CATAPULTA

Fuente:


Visto en infoCaótica, 22-Abr-2014.