lunes, 9 de mayo de 2016

Declaración de la FSSPX con relación a la Exhortación Amoris lætitia.


Aparecida en DICI, 06-May-2015.

Declaración de la Fraternidad San Pío X sobre la Exhortación post-sinodal Amoris lætitia del Papa Francisco, del 19 de marzo de 2016.

Es para llorar

“Es una Exhortación Apostólica que lleva por título La alegría del amor, y que nos hace llorar.” Sermón de Mons. Fellay en Puy-en-Velay, 10 de abril de 2016

  1. Entre las numerosas tomas de posición, explicaciones y comentarios divulgados sobre Amoris lætitia, tres estudios realizados por sacerdotes de nuestra Fraternidad han sido publicados recientemente: La exhortación post-sinodal Amoris laetitia: una victoria del subjetivismo del Rev. Padre Matthias Gaudron; Breves consideraciones sobre el capítulo 8 de la Exhortación pontifical Amoris laetitia del Rev. Padre Jean-Michel Gleize; Después del Sínodo: la indisolubilidad en tela de juicio del Rev. Padre Christian Thouvenot. La Casa General aprueba y suscribe por entero estos estudios, que se complementan armoniosamente y dan una visión de conjunto del documento del Papa Francisco.
  1. El procedimiento seguido en los dos sínodos y las circunstancias que los rodearon ya provocaron numerosas preguntas: en el consistorio extraordinario de febrero de 2014, sólo se invitó al Cardenal Walter Kasper para que precisara el tema del sínodo, cuando era notorio que militaba desde hacía años por el levantamiento de la prohibición de derecho divino de dar el Cuerpo de Cristo a los pecadores públicos. El informe provisorio, Relatio post disceptationem, publicado en octubre de 2014 durante el primer sínodo, no correspondía a los resultados de las discusiones. En el informe final, se incluyeron temas que no habían sido aprobados por el sínodo. Justo antes del segundo sínodo ordinario, el Papa publicó dos Motu proprio que se referían exactamente al tema del sínodo, facilitando el procedimiento canónico de las declaraciones de nulidad de matrimonios. Y una carta confidencial de 13 cardenales que expresaba los temores sobre el resultado del sínodo, era calificada públicamente como “conspiración”.
  1. La cuestión de la admisión a la sagrada comunión de los divorciados “vueltos a casar” ya fue tratada varias veces por la Iglesia, que respondió claramente, incluso en estos últimos años[1]. Por lo tanto, un nuevo debate sobre la enseñanza constante y la práctica de la Iglesia sólo podía perjudicarlas y obscurecerlas, en vez de arrojar nueva luz. Es lo que sucedió.
  1. De un documento pontificio se espera una exposición clara del Magisterio de la Iglesia y de la vida cristiana. Ahora bien, como otros lo han destacado con razón, Amoris lætitia es más “un tratado de psicología, de pedagogía, de teología moral y pastoral y de espiritualidad”. La Iglesia tiene la misión de proclamar las enseñanzas de Jesucristo a tiempo y a destiempo y de presentar las conclusiones que se imponen para el bien de las almas. Le compete recordar la Ley de Dios, y no minimizarla ni explicar cómo, en ciertos casos, sería inaplicable. Debe afirmar los principios cuya aplicación concreta deja a los pastores de almas, al confesor, como así también a la conciencia iluminada por la fe, regla próxima del obrar humano.
  1. En su búsqueda de una pastoral de la misericordia, el texto está marcado, en ciertos pasajes, por el subjetivismo y el relativismo moral. La regla objetiva es remplazada, a la manera protestante, por la conciencia personal. Este veneno tiene sus raíces, entre otras cosas, en el personalismo que, en la pastoral familiar, ya no coloca el don de la vida y el bien de la familia en primer plano, sino la realización personal y el desarrollo espiritual de los cónyuges. Respecto a este punto, hay que lamentar una vez más la inversión de los fines del matrimonio esbozada en la constitución pastoral Gaudium et spes del Concilio Vaticano II, inversión que se encuentra también en Amoris lætitia. La llamada “ley de gradualidad” echa por tierra la moral católica.
  1. Las consecuencias de Amoris lætitia ya se hacen sentir en la Iglesia: un párroco, en conformidad con su deber, se niega a dar el Cuerpo de Cristo a pecadores públicos, mientras que otro invita a todo el mundo a la santa comunión. El Presidente de la Conferencia Episcopal de Filipinas declaró que Amoris lætitiasería inmediatamente puesta en práctica en su país y que por lo tanto, en ciertos casos, personas divorciadas y “vueltas a casar” recibirán la comunión[2]. Una división profunda se perfila en el seno del episcopado y del Sacro colegio. Los fieles están desorientados y la Iglesia toda sufre por esta ruptura. Cuestionar la obligación de observar en todos los casos los mandamientos de la ley de Dios, en particular el de la fidelidad conyugal, es capitular ante la dictadura de los hechos y del espíritu de la época: ya en numerosos países –en Alemania, por ejemplo– se pisotea desde hace mucho la práctica que deriva de este mandamiento divino. En lugar de elevar lo que es al nivel de lo que debe ser, se rebaja lo que debe ser a lo que es, a la moral permisiva de los modernistas y progresistas. Quienes ya no conviven dentro del matrimonio, pero que en esta situación han permanecido fieles a la promesa que hicieron ante el altar, de manera muy virtuosa y a veces heroica, se sienten traicionados. Es para llorar.
  1. Rogamos humilde, pero decididamente, al Santo Padre que revise al menos el capítulo 8 de Amoris laetitia. Como en los textos del Concilio Vaticano II, lo que es ambiguo debe ser interpretado de manera clara, y lo que está en contradicción con la doctrina y la práctica constante de la Iglesia debe ser retirado, para gloria de Dios, por el bien de toda la Iglesia, por la salvación de las almas, especialmente de aquellas que están en peligro de dejarse engañar por la apariencia de una falsa misericordia.

Menzingen, 2 de mayo de 2016
en la fiesta de San Atanasio

[1] Cfr. Exhortación apostólica Familiaris consortio (n° 84); Catecismo de la Iglesia Católica (n° 1650); Carta de la Congregación para la Doctrina de la Fe del 14 de septiembre de 1994; Declaración del Consejo Pontificio para los textos legislativos del 24 de junio de 2000.
[2] Declaración del 9 de abril de 2016: “Esta es una disposición de misericordia, una apertura de corazón y espíritu que no necesita ninguna ley, ni aguarda directrices o indicaciones. Puede y debe ponerse en práctica inmediatamente”.