Nos ocupamos en el pasado
sobre la infalibilidad de las canonizaciones (ver aquí y aquí). Reproducimos hoy la traducción de
una entrevista a Roberto de Mattei sobre las próximas canonizaciones de los
pontífices Juan XXIII y Juan Pablo II. Añadimos al texto de la entrevista el enlace a
un artículo de Mons. Brunero Gherardini sobre la no infalibilidad de las
canonizaciones.
¿LAS CANONIZACIONES DE JUAN XXIII Y DE JUAN PABLO II SON INFALIBES?
(Una entrevista a Roberto de Mattei)
Profesor de Mattei, las
inminentes canonizaciones de Juan XXIII y de Juan Pablo segundo suscitan, por
varios motivos, dudas y perplejidades. ¿Cómo católico y como historiador, cuál
es su juicio?
Puedo expresar una opinión
personal, sin pretensiones de resolver un problema que se presenta complejo. En
líneas generales, estoy perplejo por la facilidad con la cual en los
últimos años se llevan a cabo y se concluyen los procesos de canonización.
El concilio Vaticano I definió el primado de jurisdicción el Papa y la
infalibilidad de su Magisterio, con determinadas condiciones, perono
ciertamente la impecabilidad personal de los Soberanos Pontífices. En
la historia de la Iglesia hubo buenos y malos papas y es reducido el número de
quienes fueron elevados a los altares. Yhoy parece que al principio de
infalibilidad del Papa se lo quiere sustituir por el principio de su
impecabilidad. A todos los Papas, o mejor dicho a los últimos, a partir del
concilio Vaticano dos, se los presenta como a santos. Por cierto no es
casualidad que las canonizaciones de Juan XXIII y de Juan Pablo II hayan
postergado o dejado atrás la canonización de Pío IX y la beatificación de Pío
XII, mientras avanza el proceso de Pablo VI. Casi parece que una
aureola de santidad debiese envolver la era del concilio y del postconcilio,
para “infalibilizar” una época histórica que ha afirmado el primado de la
praxis pastoral sobre la doctrina.
¿Usted opina entonces que los
últimos Papas no han sido santos?
Permítame expresarme sobre un
Papa al que como historiador lo conozco bien: Juan XXIII. Habiendo
estudiado el Vaticano II, profundicé en su biografía y he consultado las actas
del proceso de su beatificación. Cuando la Iglesia canoniza un fiel no quiere
solamente asegurar que el difunto está la gloria del cielo, sino que lo propone
como modelo de virtudes heroicas. Según los casos, se tratará de un perfecto
religioso, párroco, padre de familia, etc.En el caso de un Papa, para ser considerado
santo debe haber ejercitado las virtudes heroicas en el cumplimiento de su
misión como pontífice, como fue, por ejemplo, para San Pío V o San Pío X. Y
bien, en lo que se refiere a Juan XXIII, alimento la meditada
convicción de que su pontificado ha representado un daño objetivo a la Iglesia
y que es imposible encontrar en santidad en él. Por lo tanto. Antes que yo
lo afirmaba el dominico Innocenzo Colosio, uno de los mayores historiadores de
la espiritualidad en los tiempos modernos, en un célebre artículo aparecido en
la Rivista de Ascetica e mistica.
Si, como usted piensa, Juan
XXIII no fue un Santo Pontífice y si como parece la canonizaciones son un acto
infalible, nos encontramos frente a una contradicción. ¿No hay riesgo de caer
en el sedevacantismo?
Los sedevacantistas atribuyen
un carácter hipertrófico a la infalibilidad Pontificia. Su razonamiento es
elemental: si el Papa es infalible y hace algo malo, la sede está vacante. La
realidad es mucho más compleja y es errada la premisa según la cual cada acto
del Papa es infalible. En realidad, si las próximas canonizaciones plantean
problemas, el sedevacantismo plantea problemas de conciencia mucho mayores.
Sin embargo, la mayoría de los
teólogos, y sobre todo los más seguros, los de la “escuela romana”, afirman que
las canonizaciones son infalibles.
La infalibilidad de las
canonizaciones no es un dogma de fe y esta es la opinión de la mayoría
de los teólogos, sobre todo después de Benedicto XIV, que la expresó además
como doctor privado y no como soberano pontífice. En lo que atañe a la “escuela
romana”, el máximo exponente viviente es monseñor Brunero Gherardini,
quien ha expresado en la revistaDivinitas todas sus dudas sobre la
infalibilidad de la canonizaciones. Conozco en Roma distintos teólogos
y canonistas discípulos de otro ilustre representante de la misma escuela,
monseñor Antonio Piolanti, que tienen las mismas dudas de monseñor Gherardini.
Ellos opinan que las canonizaciones no entran en las condiciones requeridas por
el concilio Vaticano I para garantizar la infalibilidad de un acto pontificio.La
sentencia de la canonización no es en sí misma infalible, porque faltan las
condiciones de la infalibilidad, empezando por el hecho de que la canonización
no tiene por objeto directo explícito una verdad de fe o de moral contenido en
la Revelación, sino solamente un hecho indirectamente ligado con el dogma, sin
ser propiamente un “hecho dogmático” .El campo de la fe y de la moral es vasto
porque abarca toda la doctrina cristiana especulativa y práctica, el creer y el
obrar humano, pero una precisión es necesaria . Una definición
dogmática no puede jamás implicar la definición de una nueva doctrina en materia
de fe o de moral. El Papa sólo puede explicitar en lo que es implícito en
materia de fe y de moral y es transmitido por la tradición de la Iglesia. Lo
que los Papas definen debe estar contenido en la Escritura y a la Tradición y
esto es lo que asegura la infalibilidad del acto. Esto no es ciertamente el
caso de las canonizaciones. Por cierto, ni los códigos de derecho canónico de
1917 y de 1983, ni en los catecismos, antiguos y nuevos, exponen la doctrina de
la Iglesia sobre canonizaciones. Sobre el tema, además del citado estudio de
monseñor Gherardini, hay un óptimo artículo de José Antonio Ureta en el número
de marzo 2014 en la revista Catolicismo.
¿Usted opina que las
canonizaciones han perdido su carácter infalible, como consecuencia del cambio
querido por Juan Pablo en 1983 en el proceso de canonizaciones?
Esta tesis es sostenidaen elCourrier
de Rome por una excelente teólogo,el padre Jean-Michel Gleize. Por
otra parte, el padreLow, en la voz Canonizaciones de la Enciclopedia
Cattolica, fundamenta la tesis de la infalibilidad , es la existencia
de un poderoso complejo de investigaciones y verificaciones, seguido por dos
milagros, que preceden a la canonización. No hay dudas de que después
de la reforma del procedimiento querida por Juan Pablo II, este proceso de
verificación de la verdad es mucho más frágil y que ha sido un cambio en el
mismo concepto de santidad. no obstante el argumento no me parece decisivo
porque el procedimiento de las canonizaciones fue modificado a través de la
historia. Cuando un siervo de Dios es declarado santo por la fuerza de una
veneración secular La proclamación de la santidad de Ulrico de Augsburgo, hecha
por Juan XV en el 993, que es considerada como la primera canonización
pontificia en la historia, fue proclamada sin ninguna investigación por parte
de la Santa Sede. El proceso de investigación profundizada se remonta sobre todo
a Benedicto XIV: a él se debe,por ejemplo, la distinción entre canonización
formal según todas las reglas canónicas y canonización equivalente, .cuando un
siervo de Dios es declarado santo por la fuerza de una veneración secular. La
Iglesia no exige un acto formal y solemne de beatificación para calificar un
santo.
Santa Hildegarda de Bingen
recibió y el Papa Gregorio IX, desde 1233, inició una investigación para la
canonización. No obstante, nunca hubo canonización formal, ni siquiera Santa
Catalina de Suecia, hija de Santa Brígida fue canonizada. Su proceso se
desarrolló entre 1446 y1489, pero nunca se terminó y fue venerada como Santa
sin siquiera estar canonizada.
¿Qué piensa usted de la tesis
de Santo Tomás, también expuesta en el artículo canonizaciones del
“Dictionnaire de Théologie catholique”, según la cual si el Papa no fuese
infalible en una declaración solemne se engañaría asimismo y a la Iglesia?
Es preciso disipar primeramente
un equívoco semántico: un acto no infalible no es un acto equivocado
que necesariamente engaña, sino un acto sometido a la posibilidad del error.
De hecho este error podría ser rarísimo o nunca sucedido.Santo Tomás, siempre
equilibrado su juicios, no es un “infalibilista” a ultranza. Como está
justamente preocupado por salvaguardar la infalibilidad de la Iglesia,lo hace
con un argumento razón teológica, a contrario. Su argumento puede ser recibido
en sentido lato, pero admitiendo la posibilidad de excepciones. Estoy de
acuerdo con él sobre el hecho de que la Iglesia, en su conjunto, no puede errar
cuando canoniza. Pero esto no significa que cada acto de Iglesia sea en
sí mismo infalible, como tampoco lo es en sí mismo infalible el acto de
canonización. El asentimiento que se brinda a los actos de canonización es de
fe eclesiástica, no divina. Esto significa que el fiel cree porque acepta el
principio según el cual la Iglesia normalmente no se equivoca. La excepción
no cancela la regla. Un acreditado teólogo alemán, Bernhard Bartmann, en su
manual de Teología dogmática, (1962), compara el culto rendido a un falso santo
con el homenaje rendido al falso embajador de un rey El error no quita el
principio según el cual el rey tiene verdaderos embajadores y la Iglesia
canonizar verdaderos santos.
¿En qué sentido entonces se
puede hablar de infalibilidad de la Iglesia en las canonizaciones?
Estoy convencido de que sería un
grave error reducir la infalibilidad de la Iglesia al magisterio extraordinario
del Romano Pontífice. La Iglesia no es infalible solamente cuando enseña de
manera extraordinaria, sino también en su Magisterio ordinario. Pero
así como existen condiciones de infalibilidad para el magisterio extraordinario
existen condiciones de infalibilidad para el magisterio ordinario. Y
la primera de ellas es su universalidad, que se verifica cuando una verdad de
fe o de moral, es enseñada de manera constante a través del tiempo. El
magisterio puede enseñar infaliblemente una doctrina con un acto definitorio
del Papa o con un acto no definitorio del Magisterio ordinario, a condición de
que esta doctrina haya sido constantemente conservada y mantenida por la
Tradición, y haya sido trasmitida por el Magisterio ordinario y universal. La
instituciónAd Tuendam Fidem de la Congregación para la doctrina de
la fe, del 18 mayo de 1998(n.2) lo confirma. Por analogía, se podía sostener
que la Iglesia no puede equivocarse cuando confirma constantemente del tiempo
verdades conexas a la fe, hechos dogmáticos, usos litúrgicos. También las
canonizaciones pueden entrar en este grupo de verdades conexas. Se puede estar
seguro de que santa Hildegarda de Bingen está en la gloria de los altares y
puede ser propuesta como modelo, no porque haya sido solemnemente canonizada
por un Papa, porque en su caso nunca existió una canonización , sino porque la
Iglesia reconoció su culto, sin interrupción, desde su muerte. Con mayor razón,
para los santos que tuvieron canonización formal, como San Francisco o Santo
Domingo, la certeza infalible de su gloria nace del culto universal, en sentido
diacrónico, que la Iglesia les ha tributado y no de la sentencia de
canonización en sí misma. La Iglesia no engaña en su magisterio
universal, pero se puede admitir un error de las autoridades eclesiásticas
circunscrito en el tiempo y el espacio.
¿Quiere usted resumir su
posición?
La canonización de Juan XXIII
es un acto solemne del Soberano Pontífice, que proviene de la suprema autoridad
de la Iglesia y que debe ser recibida con el debido respeto, pero no es una
sentencia en sí misma infalible. Para usar un lenguaje teológico, no
es una doctrina de tenenda fidei,sino de pietate fidei.
No siendo la canonización un dogma de fe, no existe para los católicos una
obligación positiva de prestar asentimiento. El ejercicio de la razón,
respaldado por un rigoroso reconocimiento de los hechos, demuestra con toda
evidencia que el pontificado de Juan XXIII no ha sido beneficioso para
la Iglesia. Si se debiese admitir que el Papa Roncalli ha ejercido de
modo heroico las virtudes, cumpliendo su rol de Pontífice, se minarían las
bases de los presupuestos racionales de mi fe. En la duda me atengo al
dogma de fe establecido por el Concilio Vaticano I, según el cual no puede
existir contradicción entre la fe y la razón. La fe sobrepasa la razón y la
eleva, pero no la contradice, porque Dios, verdad por esencia, no es
contradictorio. En conciencia, mantengo todas mi reservas sobre este
acto de canonización”
Texto original en
traducción italiana en
Los subrayados son de
CATAPULTA
Fuente:
Visto en infoCaótica,
22-Abr-2014.