Aborto “a requerimiento” desde los 14 años.
Macri consiguió la autorización
para contraer un endeudamiento de u$s 100 millones destinado a
obras de infraestructura; representados por una o más emisiones de títulos de
deuda (expte
1720-J-2012). En la misma sesión se trató sobre tablas “aborto no
punible”, la diputada María José Lubertino le agradeció al macrismo que “haya
facilitado el debate” (vid Notivida Nº 855).
El proyecto aprobado durante la madrugada de hoy obtuvo 30 votos positivos y 29
negativos (el bloque del PRO y los diputados Arenaza, Montes y Amoroso).
El Cuerpo denunciará a Lubertino
ante el INADI porque desde el recinto escribió en su cuenta de twitter “Morales
Gorleri y Bergman saquen el Rosario y el kipá de nuestros ovarios”.
Raquel Herrero (PRO) fue la única
que se permitió disentir con el fallo de la Corte Suprema de Justicia y dijo
que era el día más triste de su vida, mientras que Susana Rinaldi (Frente
Progresista Popular) celebró con alegría el proyecto, como legisladora y como
representante de la UNESCO.
María Elena Naddeo (Frente
Progresista Popular) afirmó que el “derecho a una maternidad no forzada” es
parte de los “derechos sexuales y reproductivos”. José Luis Acevedo y Daniel
Lipovetzky (PRO) defendieron la Resolución del Ministerio de Salud de la
Ciudad, mientras que Gabriela Alegre (FpV) dijo que la Resolución pone una
“carrera de obstáculos” antes de practicar el aborto.
Alejandro Bodart (MST) le pidió
al kirchnerismo que le exija al Gobierno nacional lo mismo que le exigió al
Gobierno de la Ciudad. Juan Pablo Arenaza (Bases para la Unión) se manifestó a
favor de la vida y en contra de penalizar a la mujer que se practica un aborto.
Diana Martínez Barrios (PRO) dijo que antes de llegar a la muerte hay que
prevenir. Maximiliano Ferraro (CC) estimó que el acompañamiento
interdisciplinario a las menores debería ser obligatorio.
Victoria Morales Gorleri (PRO)
denunció que el proyecto es la legalización encubierta del aborto, también lo
hizo la macrista Carmen Polledo que, como muchos de sus compañeros de bancada,
sostuvo que el fallo de la Corte “terminó con la discusión histórica sobre la
interpretación del inc. 2º
del artículo 86 del Código Penal”. Martín Ocampo (PRO) dijo que estaban
legislando sobre una materia que excede las competencias de la Legislatura, lo
mismo aseveró el rabino Sergio Bergman.
Rocío Sánchez Andía (CC) y
Alejandro Amor (FpV) dijeron ser católicos pero estar a favor del proyecto.
María Rachid (FpV) le agradeció al PRO que haya permanecido en el recinto
permitiendo el debate.
Recordemos que el pasado 13 de
marzo de 2012 la Corte convalidó la ejecución de un niño por nacer en la
Provincia de Chubut y se permitió exhortar – arbitraria, inmoral e inconstitucionalmente- a las autoridades
Nacionales, Provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, para que
implementen y hagan operativos, mediante normas del más alto nivel, protocolos
hospitalarios para la concreta atención de los abortos que denomina como “no
punibles”. A pesar de reconocer que
el pronunciamiento del Máximo Tribunal no es obligatorio, el Gobierno de la
Ciudad de Buenos Aires juzgó pertinente “atender prudencialmente” su
exhortación y dictó la Resolución N° 1.252/2012 que implementó el protocolo de la muerte porteño.
A los militantes abortistas la
Resolución les quedó chica y hoy sancionaron un proyecto de ley, que amplía el
número de víctimas inocentes.
El proyecto sancionado garantiza
el aborto “a partir de los 14 años”, “en caso de peligro “para la salud
integral” (física, psíquica y social), y en cualquier violación acreditada con una mera declaración jurada.
Estas previsiones abren, en los hechos, una plataforma para la realización
irrestricta de abortos “a requerimiento”.
Al margen de su ideario, todos
los efectores del sistema de salud, cualquiera sea su complejidad o nivel,
deben garantizar el acceso al aborto efectuando las prestaciones a su alcance.
El profesional de la salud que sea objetor de conciencia se lo deberá
informar a la gestante desde la primera consulta que realice con motivo del
embarazo, lo que lo obliga, de algún modo, a promover el aborto.
No nos cansaremos de repetir que no existe en
nuestro ordenamiento jurídico ningún supuesto válido de “aborto no punible”. Se
encuentra en cambio consagrado, de modo absoluto e intangible, el derecho a la
vida de todo niño desde su concepción; y ello con jerarquía constitucional. En
este contexto reviste singular gravedad que la mera no punibilidad de los
-nulos, inconstitucionales y derogados- supuestos de los incisos 1° y 2° del
artículo 86 del Código Penal, haya sido convertida en obligación legal impuesta
al Estado. Máxime cuando se trata de la eliminación aleve de seres humanos
inocentes, los niños por nacer, menester en el que nunca debería involucrarse
el Estado, cuya verdadera obligación es proteger su derecho intrínseco a la
vida y garantizar su interés superior y supervivencia.
Por ello, tanto el protocolo macrista como el
proyecto sancionado hoy -más allá de la amplitud de sus alcances- son
inmorales, ilegítimos, ilegales e inconstitucionales.
Notivida, Año XII, Nº 856, 27
de septiembre de 2012.