Primero, les tocó a los Franciscanos de la Inmaculada, luego al obispo de
Ciudad del Este, Mons. Rogelio Livieres. Ahora, les toca a los fieles de la
Fraternidad San Pío X en Albano, Italia. Noticia en Secretum
Meum Mihi, 27-Oct-2014.
Obispo se intoxica con
sobredosis de misericordina: FSSPX/SSPX no es una institución de la Iglesia.
Después del reciente —y único— encuentro del Prefecto de la Congregación
para la Doctrina de la Fe, Card. Gerhard Ludwig Müller, y el Superior General
de la FSSPX/SSPX, Bernard Fellay, se dió a conocer un comunicado en
el cual se decía que el mismo había transcurrido “en un clima de cordialidad”
para posteriormente afirmar que “se ha acordado proceder gradualmente y dentro
de un tiempo razonable para superar las dificultades y alcanzar la deseada
reconciliación plena”.
Más recientemente el Secretario de la Pontificia Comisión «Ecclesia Dei», Mons. Guido Pozzo, en entrevista con la revista francesaFamille Chrétienne (publicada en el sitio de internet del Distrito Francés de la FSSPX/SSPX), había mostrado una posición más o menos de puertas abiertas.
Ahora, acorde con esas política y “clima de cordialidad”, el obispo de Albano-Laziale (diócesis casi en las barbas del Papa, por decir lo menos), Mons. Marcello Semeraro, secretario del grupo de ocho —ahora nueve— cardenales elegidos por Francisco para que lo ayuden en la reforma de la Curia, ha emitido una notificación con fecha Oct-14-2014, en la cual, y respecto de la FSSPX/SSPX, la cual tiene la sede de su Distrito italiano justamente en Albano-Laziale, ha considerado adecuado:
...Reafirmar que la «fraternidad» no es una
institución (o parroquia, o asociación) de la Iglesia católica.
Luego de citar la carta de Benedicto XVI a los obispos sobre la
remisión de la excomunión de los obispos de la FSSPX/SSPX de Mar-10-2009 y el Motu
Proprio Ecclesiæ Unitatem, Mons. Semeraro pasa a citar textualmente
una notificación de su obispo antecesor, Dante Bernini.
Los fieles católicos no pueden participar en
la Misa, ni solicitar y/o recibir sacramentos de la ó en la Fraternidad. Hacer
lo contrario significaría romper la comunión con la Iglesia católica.
Por lo tanto, cualquier católico que solicita y recibe los Sacramentos en la Fraternidad San Pío X que se pondrá de hecho en la condición de no estar en comunión con la Iglesia Católica. Una readmisión en la Iglesia Católica deberá ir precedida de un adecuado camino personal de reconciliación, según la disciplina eclesiástica establecida por el Obispo.
Finalmente encomienda a los párrocos brindar la respectiva información a
los fieles.
¿Sobredosis de misericordina?
Aquí, el comunicado completo del obispo Marcello
Semeraro:
NOTIFICACIÓN
A LOS PASTORES [PÁRROCOS]
SOBRE
LA “SOCIEDAD DE SAN PÍO X”
En las últimas
semanas, las solicitudes de aclaración han llegado a la Cancillería Diocesana
con respecto a la celebración de los Sacramentos en la “Sociedad de San Pío X”
de Albano Laziale.
En cuanto a
ella, es correcto y apropiado señalar que la “Sociedad” antes mencionada no es
una institución (ni la parroquia, ni la asociación) de la Iglesia católica.
Esto se aplica
incluso después de que el decreto de la Congregación para los Obispos del 21 de
enero del 2009, por la que el Santo Padre Benedicto XVI, alcanzando a cabo de
buena voluntad en respuesta a las peticiones reiteradas por el Superior General
de la Sociedad de San Pío X, revocó la excomunión en la que los cuatro Prelados
habían incurrido desde 30 de junio 1988.
Esto fue
puesto de relieve por Benedicto XVI con su Carta a los Obispos de la
Iglesia Católica, de 10 de marzo de 2009: “la Sociedad (FSSPX) no
tiene ningún estado canónico en la Iglesia, y sus ministros – a pesar de que
han sido liberados de la sanción eclesiástica – no lo hacen ejerciendo
legítimamente ministerio alguno en la Iglesia.” (en AAS CI
[2009], n. 4, p. 272). El mismo Benedicto XVI, en el siguiente mp Carta
Ecclesiae unitatem, de 2 de julio de 2009, ha añadido: “la remisión de la
excomunión fue una medida adoptada en el contexto de la disciplina eclesiástica
para liberar a los individuos de la carga de conciencia que constituye la mayor
parte grave de las penas eclesiásticas. Sin embargo, las cuestiones
doctrinales, obviamente, permanecen y hasta que se aclaren la Sociedad
no tiene estado canónico en la Iglesia y sus ministros no pueden ejercer
legítimamente ningún ministerio.” (AAS en CI [2009], p. 710-711).
Como
consecuencia de lo anterior, es correcto y apropiado para reafirmar lo que se
había formulado en la Nota Pastoral sobre la Sociedad de San Pío X de [el ex
obispo de Albano] Dante Bernini, en la que se puede leer:
Los fieles
católicos no pueden participar en la Misa, ni solicitar y / o recibir
sacramentos de la Sociedad. Actuar de otro modo supondría romper la
comunión con la Iglesia católica.
Por lo tanto,
cualquier fiel católico que solicite y reciba los Sacramentos en la Sociedad de
San Pío X, se colocará a sí mismo de hecho en la condición de
ya no estar en comunión con la Iglesia católica. Una readmisión a la Iglesia
católica debe ir precedida de un camino personal adecuado de la reconciliación,
de acuerdo a la disciplina eclesiástica establecida por el Obispo.
Es triste
sinceramente que este tipo de opciones [medidas], sobre todo cuando en
referencia a la iniciación cristiana de niños y adolescentes, ya sean en
constraste con las orientaciones pastorales de la Iglesia italiana y, en
consecuencia, con las opciones de la diócesis de Albano, donde los
caminos formativos para el crecimiento y la maduración de la vida en la
fe son favorecidos.
A los
sacerdotes de la parroquia, el deber de proporcionar la información adecuada a
sus fieles.
Desde la
Cancillería Albano, 14 de octubre de 2014, Prot. 235/14.
+ Marcello
Semeraro, obispo