Existe aquel error de no
distinguir entre la impecabilidad y la infalibilidad del Sumo Pontífice,
transformándolo a éste en una especie de “títere de Dios”, impecable, inerrante,
en el cual, suelen caer no pocos católicos, llevados por algunos sacerdotes que
tampoco hacen las distinciones necesarias.
Publicamos un artículo que hace
mención a ciertas distinciones que el p. Iraburu no hace en su respuesta al Dr.
Antonio Caponnetto.
Iraburu y el Prima Sedes
El p. Iraburu
ha dicho en el n. 7 de su réplica a
Antonio Caponnetto algunas cosas que merecen una breve reflexión. Para comenzar,
señalemos que no se ha cumplido el vaticinio de Iraburu de que el Papa
Francisco “mantendrá también en cuestiones menores una continuidad
espiritual con las mejores tradiciones de la Iglesia”, y un claro ejemplo
en contrario lo tenemos con lo sucedido en la Misa del Jueves Santo. La
explicación del liturgista Adolfo Ivorra es clara y contundente, lo que nos exime de más comentarios.
Además, alude
Iraburu al axioma Prima Sedes a nemine iudicatur que tiene una
larga historia y
un sentido diferente al que le atribuye el infocatólico. La prohibición de
juzgar tiene base dogmática: el Papa no puede ser juzgado por nadie, porque no
existe ningún juez en esta tierra que tenga potestad para hacerlo. Por lo que
contra un acto definitivo del Papa no cabe apelación a ninguna instancia
superior.
Hay una clara
traducción canónica del principio: el Romano Pontífice –Prima
Sedes- no puede ser juzgado por ningún tribunal de la Iglesia (c. 1404), ya
que todo poder judicial eclesiástico tiene como cabeza su potestad
judicial. Por ello en caso de transgresión de esta norma, las
actas y decisiones serían inexistentes, pro infectis habentur (c. 1406, 1). La
falta de competencia de tales jueces es absoluta respecto
del Papa.
Además, la
Iglesia condena la apelación a un concilio universal, porque eso equivaldría a
situar al concilio por encima del Papa. Razón por la cual el CIC (c. 1372)
establece un delito que consiste en el recurso contra un acto del Romano
Pontífice sea al Concilio Ecuménico o al Colegio de los Obispos. Y la doctrina
es pacífica en admitir que el Papa goza de un privilegio de derecho divino que
lo hace inmune al juicio de los gobernantes temporales.
Pero es
evidente que no se puede hacer de esta inmunidad judicial una
suerte de absoluto moral que impida cualquier juicio respecto de los actos de
un papa. En primer lugar, porque la gracia supone la naturaleza y el acto de
juzgar es connatural a la inteligencia humana. En segundo lugar, porque no hay
modo de obedecer virtuosamente a un Papa sin un previo juicio sobre la
moralidad del acto imperado, so pena de pecar contra la virtud de la obediencia
y falsificarla mediante el servilismo. Un ejemplo: Alejandro VI, mediante una
carta -publicada por el historiador Picotti- ordenó a su concubina retornar al
lecho bajo amenaza de excomunión. ¿Debemos decir que tal mandato no debió ser
juzgado por la mujer en virtud del principio Prima Sedes? ¡Absurdo!
La mujer debió analizar la orden, juzgarla como inmoral –la fornicación y el
sacrilegio son pecados graves-, considerar absolutamente nula la excomunión
amenazada y resistir el mandato pontificio. Por último, cada vez que en
Infocatólica se elogian o critican gestos del Papa
Francisco se realiza un juicio previo a la opinión positiva o negativa.
La República
de Venecia tuvo dificultades con la Santa Sede. Se reunieron los teólogos de
dicha República y emitieron varias proposiciones. De éstas, la proposición n.
10 decía: La obediencia al Papa no es absoluta. Esta no se extiende a
los actos donde sería pecado obedecerle. Estas proposiciones fueron
sometidas al examen de san Roberto Bellarmino. He aquí la respuesta del Santo:
“No hay nada que decir contra la proposición diez, pues está contenida
expresamente en la Sagrada Escritura”.
Decía
Chesterton que para entrar en la Iglesia hay que quitarse el sombrero pero no
la cabeza. Ser católico nunca puede significar una amputación de la
inteligencia en su capacidad de juzgar, ni la anulación de la conciencia moral
y su reemplazo por una “obediencia extrema”.
Visto en InfoCaótica.