Con las distinciones pertinentes que haya que hacer sobre el caso, un interesante artículo, con algunos argumentos en respuesta al obispo Sarlinga, aparecido en InfoCaótica,
06-Nov-2014.
Las recientes noticias sobre disposiciones episcopales con amenazas de
“excomunión” para los fieles que piden sacramentos a los sacerdotes de la
Fraternidad Sacerdotal San Pío X merecen un análisis a la luz del Derecho
Canónico. Ofrecemos hoy nuestra traducción de la nota de un especialista,
publicada por la bitácora Rorate Coeli. Esperamos que el obispo
Oscar Sarlinga recapacite y deje sin efecto una norma que es propia de un “chanta”.
A la luz del dictamen canónico de nuestro Capellán Nacional y Asesor
Canónico, Mons. Gordon Lee, la Latin Mass Society desea
aclarar algunos principios canónicos en relación con las recientes
declaraciones del obispo Semeraro de Albano, Italia, y el obispo Sarlinga, de
Zárate-Campana en Argentina, no sea que los malentendidos se extiendan a otras
diócesis del mundo.
1. Basar un argumento canónico en el supuesto de que la Sociedad de San
Pío X (SSPX) no tiene ningún estatus canónico en la Iglesia, y que sus
sacerdotes se encuentran suspendidos después de la ordenación sin letras
dimisorias, no tiene como consecuencia que el pedir los sacramentos sea un acto
de cisma formal por parte de los fieles laicos.
a. Tal conclusión, entra en conflicto con el levantamiento de la
excomunión de los obispos de la Fraternidad San Pío X realizada por el Papa
Benedicto XVI en 2009: sería incongruente que el legislador levantara la
excomunión a los obispos y la impusiera o mantuviera para los fieles laicos a
quienes estos administran los sacramentos.
b. También entra en conflicto con lo dispuesto en el Derecho canónico
sobre los efectos de la suspensión o excomunión de un sacerdote, que se
levantan cuando alguien se acerca al sacerdote sujeto a la pena a fin de recibir
un sacramento (canon 1335)*.
2. Sólo se puede incurrir en excomunión por adhesión al cisma cuando hay
tanto una intención cismática como un acto externo (canon 1321).
a. Está claro, pues, que no se incurre en excomunión por quienes piden
los sacramentos a los sacerdotes de la Fraternidad San Pío X, sin una intención
cismática.
b. Si un fiel incurre en excomunión por una intención cismática, esto es
un asunto del foro interno (el confesionario), y no del foro externo público.
c. Los menores de dieciséis años no pueden en ningún caso incurrir en
dicha pena (canon 1323.1); esto se aplica a los menores de esta edad que
recibieron el bautismo o la confirmación.
3. La actitud de la Santa Sede siempre ha sido que los fieles laicos que
reciben los sacramentos de sacerdotes de la Fraternidad San Pío X no están
excomulgados. Ejemplos son los siguientes:
a. En 1991, el obispo Joseph Ferrario de Honolulu declaró que seis laicos
católicos fueron excomulgados por cisma en razón de haber recibido la
confirmación de un parte de un obispo Fraternidad San Pío X. Estos apelaron a
la Santa Sede que, a través del cardenal Ratzinger como Prefecto de la Congregación
para la doctrina de la fe, declaró que el decreto era inválido, debido a
que la acción, aunque censurable, no constituía cisma.
b. El 5 de septiembre de 2005, la Santa Sede, a través de la Pontificia
Comisión Ecclesia Dei, afirmó que “los fieles que asisten a las misas de la
Fraternidad antes mencionada no están excomulgados, y los sacerdotes que los
celebran tampoco lo están, aunque que los segundos están, de hecho, suspendidos”
(Protocolo n.55 / 2005, firmado por el entonces Secretario de la PCED, monseñor
Camille Perl).
c. El 27 de septiembre de 2002 –citando y reafirmando lo mismo el 18 de
enero de 2003- la Santa Sede, a través de la Pontificia Comisión
Ecclesia Dei, declaró que “en el sentido estricto puede cumplir con su
obligación dominical asistiendo a una misa celebrada por un sacerdote de la
Sociedad de San Pío X” (Cartas firmadas por Monseñor Camille Perl).
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* N. de T.: “Si la censura prohíbe celebrar los sacramentos o
sacramentales, o realizar actos de régimen, la prohibición queda suspendida
cuantas veces sea necesario para atender a los fieles en peligro de muerte;
y, si la censura latae sententiae no ha sido declarada, se
suspende también la prohibición cuantas veces un fiel pide un sacramento o
sacramental o un acto de régimen; y es lícito pedirlos por cualquier causa
justa”.
Tomado y traducido de: