El pasado lunes 18 de febrero,
en la audiencia concedida al Maestro de las Celebraciones Litúrgicas
Pontificias, monseñor Guido Marini, Benedicto XVI ha aprobado, “con su
Autoridad Apostólica”, algunas modificaciones al Ordo rituum pro ministerio
Petrini initio Romae episcopi y ha dispuesto su publicación. Hemos pedido a
Monseñor Marini que nos ilustre estas modificaciones y su significado.
En primer lugar, ¿qué es el
«Ordo rituum pro ministerii Petrini initio Romae episcopi»?
Como dicen las premisas al mismo
Ordo en el n. 2, es el Ritual que “presenta las celebraciones previstas en
tiempos diversos y en lugares vinculados a la sede episcopal de Roma en
referencia a la cura pastoral de su Obispo sobre la entera grey del Señor”. Se
trata, en otras palabras, del libro que contiene los textos litúrgicos usados
en las celebraciones presididas por el nuevo Pontífice desde el momento del
solemne anuncio de la Elección hasta la visita a la Basílica de Santa María la
Mayor. El Ordo fue aprobado por Benedicto XVI, con Rescripto Ex
audientia Summi Pontificis, el 20 de abril de 2005, al día siguiente de su
elección como Sumo Pontífice. Debo decir que, en ese tiempo, la Oficina para
las Celebraciones realizó, con competencia, un gran trabajo de estudio para la
preparación y redacción del Ordo.
El Pontífice, con las mismas
modalidades, ha aprobado ahora algunas modificaciones. ¿Puede explicarnos el
motivo de este acto?
Me parece poder identificar al
menos dos. Sobre todo, el Santo Padre ha podido vivir en primera persona las
celebraciones del comienzo de pontificado en el 2005. Aquella experiencia, con
la reflexión posterior, probablemente sugirió algunas intervenciones con
intención de mejorar el texto, en la lógica de un desarrollo armónico. En
segundo lugar, con este acto, se ha querido proseguir en la línea de algunas
modificaciones aportadas en estos años a las liturgias papales. Es decir,
distinguir mejor la celebración de la Santa Misa de los otros ritos que no son
estrictamente propios. Me refiero, por ejemplo, al rito de Canonizaciones, al
del Resurrexit en el Domingo de Pascua y a la imposición del palio a los nuevos
arzobispos metropolitanos.
¿Qué ocurrirá en concreto?
Como ya he mencionado, tanto en
la celebración para el inicio del ministerio del Obispo de Roma, como en la
celebración para la toma de posesión de la Cátedra del Obispo de Roma en San
Juan de Letrán, los ritos típicos serán colocados antes y fuera de la Santa
Misa, y no ya dentro de ella.
En lo que respecta a la
celebración del comienzo del ministerio del Obispo de Roma, el acto de la
“obediencia” será realizado por todos los cardenales presentes en la
concelebración. De este modo, ese gesto que en la Capilla Sixtina,
inmediatamente después de la elección, es realizado por los cardenales
electores, vuelve a tener una dimensión también pública y permanece abierto a
todos los miembros del colegio cardenalicio, asumiendo al mismo tiempo un
carácter de catolicidad. No se trata de una novedad, dado que todos recuerdan bien
al comienzo del pontificado de Juan Pablo II el acto de obediencia realizado
por todos los cardenales entonces presentes en la concelebración. Entre ellos
basta pensar en las ya celebérrimas y conmovedoras fotografías que retratan el
abrazo del Papa Wojtyla, tanto con el entonces cardenal Joseph Ratzinger, como
con el cardenal Stefan Wyszyński.
Entre los primeros actos del
nuevo Obispo de Roma están previstas las visitas a las dos basílicas papales de
San Pablo Extramuros y de Santa María la Mayor. ¿Ha sido dispuesto algún cambio
al respecto?
A diferencia de lo que estaba
indicado en el Ordo, el nuevo Pontífice podrá realizarlas cuando considere más
oportuno, incluso a distancia de tiempo de la elección, y en la forma que
considere más apropiada, sea una Santa Misa, la celebración de la Liturgia de
las Horas, o un acto litúrgico particular como el actualmente prescrito.
¿Ha sido contemplada alguna
novedad también para la sección musical?
El actual Ordo, sin tener
previstas otras posibilidades, indica un reportorio musical en su mayoría
nuevo, compuesto con ocasión de la redacción del mismo Ordo. Conforme a lo
dispuesto por Benedicto XVI con el presente acto, en cambio, se ofrece una mayor
libertad en la elección de las partes cantadas, valorizando el rico repertorio
musical de la historia de la Iglesia.
Fuente: L’Osservatore Romano
Traducción: La
Buhardilla de Jerónimo