Nos preguntábamos en un
post anterior si habría alguien que denunciara el atropello perpetrado contra nuestra
Catedral por las hordas marxistas que, con del dinero público, están
destruyendo la convivencia de los argentinos.
Pensábamos en algún fiscal, inclusive en la Arquidiócesis de Buenos Aires. Pero un abogado católico les ha ganado de mano y plantó querella, según publicamos a continuación.
Nuestras felicitaciones a quien, valientemente, pone el cuero y el prestigio profesional al servicio de Dios y de la Patria. Estemos atentos para apoyarlo, llegado el caso.
PROMUEVE QUERELLA - DENUNCIA DELITO
Señor Juez:
NNN, por mi propio derecho, argentino de
estado civil XX, titular del DNI Nº XX, con fecha de nacimiento XX/XX/XX,
Abogado, constituyendo domicilio legal en la ---- de Capital Federal a V.S.
respetuosamente se presenta y como mejor convenga dice:
I. FORMULA DENUNCIA POR INTIMIDACION
PUBLICA ART 211 DEL CODIGO PENAL:
Que para un correcto ordenamiento
procesal, primeramente vengo por el presente, a formular denuncia por la
comisión del delito de intimidación pública, previsto en el art. 211 del CP y/o
la figura que VS estime corresponder contra “EL MOVIMIENTO POPULAR LA DIGNIDAD”
y/o las personas NN que se presentaron como integrantes de dicha banda en la
Catedral Metropolitana de la Ciudad de Buenos Aires, con sede en la calle
Rivadavia 415 de la Capital Federal el 12 de Marzo de 2013, hecho público y
notorio.
Que como vengo relatando, en la sede
Mayor de la Iglesia Católica Apostólica y Romana se ha presentado una turba de
personas calculadas “prima facie” en unas 200, las cuales han
entrado en medio de la celebración del Rito más importante que tenemos los
católicos, el cual es el de la Santa Misa, interrumpiendo a los feligreses y
personas que allí se encontraban, mediante vocinglerías y agresiones verbales,
a quienes no formaban parte de su grupo, con el uso de instrumentos de
percusión, gritos, la instalación de una “olla popular”; banderas, aplausos
desaforados y todo tipo de medidas claramente coercitivas sobre cualquier
persona que estuviera en desacuerdo con tamaña conducta.
Que los dichos de los cabecillas de esa
horda que se desenvolvía más como una turba de hunos que como seres
civilizados, han manifestado que el “reclamo” era contra los “subsidios” que
percibe la Iglesia Católica en el ámbito de la Educación Porteña. No cabe aquí
analizar si corresponde hacer lugar o no a dicha pretensión. Eso corresponde a
otros ámbitos.
Que es evidente que dicho desorden afecta
no sólo a los concurrentes habituales al Templo en donde se efectúa el Culto,
sino a todos los católicos entre los cuales se encuentra el suscripto.
El lugar esta destinado al recogimiento
interior y a permitir que toda persona pueda tener un ámbito de Paz espiritual
y de acercamiento a Dios Nuestro Señor.
Cualquiera que crea en Dios puede entrar
libremente al Templo y permanecer allí el tiempo que su alma necesite para
reconfortarse de las adversidades de la vida y para glorificar al Altísimo.
Esta practica fue interrumpida por los violentos que ingresaron el 12/03/13 de
manera violenta en horas de la mañana, y sobre los cuales se pide se aplique el
máximo castigo que la Ley Penal en sentido lato prevee para delitos de esta
naturaleza.
EL TIPO PENAL: Que establece el art. 211
del CP en su parte pertinente que “para infundir un temor público o
suscitar tumultos o desórdenes, hiciere señales, diere voces de alarma,
amenazare con la comisión de un delito de peligro común o empleare otros medios
materiales idóneos para producir tales efectos” como advertimos de la
simple lectura de la norma, se advierte que se dan todos los presupuestos de la
figura penal, por lo cual se solicita se ordene la investigación de los hechos
aquí enunciados, se encuentre a los culpables y se aplique las condenas
correspondientes.
II. SOLICITA SER TENIDO POR QUERELLANTE:
Que vengo por el presente a solicitar ser
tenido por querellante en atención a que los hechos denunciados me afectan en
mi fuero íntimo al impedirme, no sólo en dicha ocasión, sino eventualmente en
un futuro mediato a concurrir a la Catedral de Buenos Aires, al poder concurrir
en forma sorpresiva, sin aviso alguno, los vándalos aquí denunciados, en
cualquier ocasión que consideren convenientes para efectuar supuestos reclamos
que nada tienen que ver con la Iglesia católica, la cual es un ente autárquico
de acuerdo a lo establecido en Código Civil, desde 1871 hasta la fecha.
Que con dicha conducta se ha violado no
sólo la norma ya señalada, sino también la DECLARACION SOBRE LA ELIMINACION DE
TODAS LAS FORMAS DE INTOLERANCIA Y DISCRIMINACION FUNDADAS EN LA RELIGION O
CONVICCIONES la cual pese a no estar incorporada en el art. 75 inc 22,
establece claramente que toda persona puede “practicar el culto o
celebrar reuniones en relación con la religión o las convicciones, y de fundar
y mantener lugares para esos fines”(art. 6 inc a).
Que asimismo el Pacto de San José de
Costa Rica establece claramente en su “Artículo 12. Libertad de
conciencia y de religión. 1°. Toda persona tiene derecho a la libertad de
conciencia y de religión. Este derecho implica la libertad de conservar su
religión o sus creencias, o de cambiar de religión o de creencias, así como la
libertad de profesar y divulgar su religión o sus creencias, individual o
colectivamente, tanto en público como en privado. 2°. Nadie puede ser objeto de
medidas restrictivas que puedan menoscabar la libertad de conservar su religión
o sus creencias o de cambiar de religión o de creencias. 3°. La libertad de
manifestar la propia religión y las propias creencias está sujeta únicamente a
las limitaciones prescriptas por la ley y que sean necesarias para proteger la
seguridad, el orden, la salud o la moral públicas o los derechos o libertades
de los demás.”
Por lo cual solicito de VS me tenga como
querellante y me permita compulsar las presentes actuaciones.
III. PROPONE MEDIDAS DE PRUEBA:
Que vengo por el presente a proponer las
siguientes, sin desmedro de las que VS estime corresponder como más apropiadas
a la presente Causa:
INFORMATIVA: Se libre oficio a los
noticieros, agencias de noticias, y periodistas intervinientes en los hechos a
los efectos de que acompañen en autos copia fiel de todas las fotos y videos de
los incidentes, a los efectos de establecer los hechos denunciados y si
coinciden con el tipo penal y efectuar un relevamiento fotografico a fin de
individualizar a los delincuentes.
Se oficie al Gobierno de la Ciudad de
Buenos Aires, a los efectos de que informe quines son las personas que forman
parte de la banda “EL MOVIMIENTO POPULAR LA DIGNIDAD” acompañando toda la
documentación que tuviere en su poder.
POLICIA FEDERAL Y METROPOLITANA: a los
efectos de que informe si consigno datos de las personas que se encontraban en
dicho lugar y acompañe registros que tuviere con relación al hecho denunciado.
Se proceda a efectuar una investigación de inteligencia a los efectos de que se
identifique las personas que participaron de la comisión de ese delito.
Oportunamente se ordene el secuestro de los materiales con los cuales
procedieron a efectuar los desmanes delictivos denunciados.
JUSTICIA ELECTORAL: a los efectos de que
informe si dicho grupo es un partido y/o alianza electoral adjuntando copia
autenticada de toda la documentación que obre en su poder.
Fecho, oportunamente se provea al
requerimiento fiscal y se proceda a iniciar sin más dilaciones la investigación
penal correspondiente.
Por todo lo expuesto de VS solicito:
1. Me tenga por presentado, por parte y como
querellante.
2. Se
ordene la investigación de los hechos denunciados.
3. Oportunamente se castigue con el máximo
penal a los que resulten culpables del delito denunciado.
Proveer de
Conformidad
SERÁ JUSTICIA
Visto en Página Católica.